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cesión, donación o venta de parte del piso

Experto:
Usuario:
Fecha: 10/01/2009
Valoración: (0,00 sobre 5) Categoría: Humanidades
08/01/2009
ansacu61, usuario preguntando en Humanidades
Usuario
Hola
tengo un piso al 50% con mis padres y estos quieren pasar su parte para mi definitivamente. El piso se compro en el 90, con la consiguiente diferencia de coste a día de hoy. Sé que la venta es más costosa pero en cuanto a la donación ó cesión no se si conlleva coste alguno. En algunos sitios me dicen que dí y en otro en cambio leo que solo es cuestión de hacer un documento ante notario y punto pelota. Gracias de antemano.
Un saludo.
08/01/2009
ansacu61, experto respondiendo en Humanidades
Experto
Estimado amigo: Es mejor hacerlo mediante la donación, pues no conlleva ningún costo, lo cual sí tendría si fuera vendido.
No olvides finalizar la respuesta y valorarla por favor al final de esta página de acuerdo a tu criterio. Si quieres puedes preguntar nuevamente, pero esta pregunta la puedes finalizar para que la retiren de las pendientes. Recibe un saludo y ya sabes donde encontrarme cuando necesites algo, para ayudarte con muchísimo gusto.
08/01/2009
ansacu61, usuario preguntando en Humanidades
Usuario
una puntualización. Al donar el piso mis padres hacía mí, ellos sufren una variación patrimonial. ¿no tendrían que tributar por ello?. Al fin y al cabo eso es un costo si es que lo conlleva. Por el mismo rasero, yo también sufro esa variación. ¿tengo algún coste por ello?
08/01/2009
ansacu61, experto respondiendo en Humanidades
Experto
Estimado amigo: No hay costo por donación, pues no es una venta, la cual sí causa un impuesto. Ni ellos ni tu tienen obligaciones tributarias si es por donación, así es que no te preocupes y simplemente visita la oficina de Hacienda y plantea el caso para que veas que así. Les preguntarán que debes cancelarle por concepto de impuesto si tus padres te donarán la otra parte de piso donde viven y verás que no hay nada que pagar.
No olvides finalizar la respuesta y valorarla por favor al final de esta página de acuerdo a tu criterio. Si quieres puedes preguntar nuevamente, pero esta pregunta la puedes finalizar para que la retiren de las pendientes. Recibe un saludo y ya sabes donde encontrarme cuando necesites algo, para ayudarte con muchísimo gusto.
10/01/2009
ansacu61, experto respondiendo en Humanidades
Experto
Estimado amigo, por favor valora la respuesta que di arriba abajo de tu pregunta, si eres tan amable en la escala del 1 al 5, como aparece al final de esta página, según te haya servido y parecido, para que esta pregunta me la retiren de las activas. Recibe un saludo y ya sabes donde encontrarme cuando necesites algo, para ayudarte con muchísimo gusto.
10/01/2009
ansacu61, usuario preguntando en Humanidades
Usuario
Pues lo siento pero no lo tengo claro. consultado un despacho de abogados  resulta lo siguiente: se ha de valorar el piso a día de hoy por la CAM, se calcula la diferencia sobre el valor pagado en su día, la diferencia se divide en 2 ya que el piso esta al 50 %, de esa diferencia,yo, como receptor de la donación he de tributar a Hacienda un 1 % (el impuesto de donaciones está subvencionado al 99% para el receptor),  y ,de la diferencia antes citada, el donante ha de tributar un 18 % ha hacienda. Luego sí parece que haya que pagar algo. Por otro lado el hecho de ir a un notario a levantar acta con un documento de una donación nada más no es valido ya que estos, los notarios, tienen, parece ser, la obligación de notificar esta transacción a Hacienda, por lo que de cualquier forma el tema está controlado. La única forma es hacerlo a traves de la herencia. Al menos en mi caso que son mís padres los que tienen el 50%. Pero de esto ya hablaré en otro momento.
Ahora, por favor, te ruego valores mi respuesta para dejarla cerrada.
10/01/2009
ansacu61, experto respondiendo en Humanidades
Experto
Estimado amigo: Te reitero que visites a Hacienda para te informes sobre este asunto y la forma cómo lo harás, ya que por consultar a abogados o expertos en la materia y seguirse por ellos se hacen los trámites erróneos y luego vienen las multas. Hazlo como te digo y si no lo deseas hacer de esta forma, que sea entonces a través de la figura de la herencia que tus padres te den ese otro 50%. La pregunta debes finalizarla y valorarla tu, pues eres quien está preguntando, ya que los expertos no podemos hacerlo. Lo haces al final de esta página y allí se te indicará como. De esta forma puedes seguir consultando y preguntando cuando lo desees. Recibe un saludo y ya sabes donde encontrarme cuando necesites algo, para ayudarte con muchísimo gusto.
10/01/2009
ansacu61, usuario preguntando en Humanidades
Usuario
Ok. Así tendré quehacerlo.
Aunque no entiendo la frase de"ya que por consultar a abogados o expertos en la materia...."de tu respuesta..., se supone que esta es una pagina que se llama "todeexpertos". La solución de consultar a Hacienda no es la más "experta" que digamos.
Como tal puntuaré.
Un saludo.
10/01/2009
ansacu61, usuario preguntando en Humanidades
Usuario
Muy mal. Horrible
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