Se niegan a devolver me la matricula

Hace mas de un mes he firmado el formulario de desistimiento del contrato de enseñanza con un colegio privado en el plazo de ocho días hábiles que tenia para hacer lo. Despues de esperar un mes su respuesta e han dicho que no pueden devolver me la matricula y no se porque. En el formulario de la matricula pone:Fuera de los casos previstos en el clausulado de los contrato de enseñanza para el supuesto de desistimiento del alumno, el importe abonado en concepto de derechos de matricula, tasas y apertura de expediente no se reintegraran, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el real decreto legislativo 1/2007,de 16 de noviembre. Mi pregunta es:tienen derecho de negarme la devolución de la matricula

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El art. 73 del RDL 1/2007, es de decir:

"El ejercicio del derecho de desistimiento no implicará gasto alguno para el consumidor y usuario. A estos efectos se considerará lugar de cumplimiento el lugar donde el consumidor y usuario haya recibido la prestación".

El art. 76 del RDL 1/2007, establece que:

"Cuando el consumidor y usuario haya ejercido el derecho de desistimiento, el empresario estará obligado a devolver las sumas abonadas por el consumidor y usuario sin retención de gastos. La devolución de estas sumas deberá efectuarse lo antes posible y, en cualquier caso, en el plazo máximo de 30 días desde el desistimiento.
Transcurrido dicho plazo sin que el consumidor y usuario haya recuperado la suma adeudada, tendrá derecho a reclamarla duplicada, sin perjuicio de que además se le indemnicen los daños y perjuicios que se le hayan causado en lo que excedan de dicha cantidad.
Corresponde al empresario la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo".

El art. 82.4.a) del RDL 1/2007, es del siguiente tenor:

"No obstante lo previsto en los apartados precedentes, en todo caso son abusivas las cláusulas que, conforme a lo dispuesto en los artículos 85 a 90, ambos inclusive:
a) Vinculen el contrato a la voluntad del empresario".

Y finalmente, el art. 85 del RDL 1/2007, señala que:

"Las cláusulas que vinculen cualquier aspecto del contrato a la voluntad del empresario serán abusivas y, en todo caso, las siguientes:

6. Las cláusulas que supongan la imposición de una indemnización desproporcionadamente alta, al consumidor y usuario que no cumpla sus obligaciones".

Con dichos artículos, tiene suficiente para interponer una demanda a través de un procedimiento abreviado, denominado monitorio en el que no le hace falta contar con Abogado. Basta con que los copie literalmente y los trascriba literalmente a la Hoja de Demanda que le facilitarán en la sede de los juzgados. Solicitará el doble de lo que le han retenido indebidamente (art. 76 RDL 1/2007) .Hay que aportar el documento de pago, el escrito del desistimiento y la contestación recibida.

¿Ruego cierre y valore?

Primero gracias por su atención,es usted muy amable!

Solo necesito una aclaración,no me han mandado la contestación,sino he llamado yo por teléfono y me lo han dicho pero no me van a mandar ningún documento.Que puedo hacer ne este caso?

Gracias de nuevo!

Exactamente lo mismo que le indiqué, salvo citar que la respuesta que le dieron fue verbal.

Ruego cierre y valore

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