Interés vivienda vpo... Me pertenece la subida?

En febrero de este mismo año nos compramos una vivienda de vpo. Estas vivienda el tipo de interés es uno especial para viviendas de vpo, que lo rige el gobierno. Y este año lo han subido al 3.34. Nosotros, todos los vecinos que firmamos en
esta fecha hemos leído las escrituras y hay un párrafo en las condiciones del préstamo que ponen, cito textualmente: “Tipo de interés durante los primeros doce meses: dos enteros con cincuenta y cuatro centésimas por ciento(2,54%).”Y a esta clausula nos agarramos nosotros para que no nos suban el interés hasta pasados los 12 primeros meses.
Aunque en otras páginas de las escritura aparece lo siguiente, cito textualmente: “Este tipo de interés fijo efectivo inicial anual, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del R.D 801/2.005 será acordado por el Consejo de Ministros (…)Caso de que se modifique legalmente el tipo de interés efectivo vigente, el nuevo tipo será de aplicación a partir del primer vencimiento que se produzca,” Y a esta clausula se agarra el banco para subirnos la letra…
La verdad, yo sigo pensando que aún poniendo esta ultima clausula, si yo he firmado bajo
notario, con el banco que me mantiene el 2.56 los 12 primero meses, por mucho que el consejo de ministro haya subido el interés, el banco tiene que cumplir con lo firmado en las escrituras, Pero aun después de haber echo un escrito y enviárselo a la oficina donde tenemos el préstamo, la contestación ha sido negativa. Llame personalmente para hablar con el subdirector (el director esta de vacaciones) y me dijo que eso podía ser un error de las escrituras y que en caso de error hay que acudir a la ley, y le ley dice que si el consejo de ministro sube el interés, a nosotros nos los sube…Y que por mucho que hagamos y reclamemos, es para perder el tiempo…
¿Hay algo que podamos hacer al respecto? Podemos hacer algo para que se cumpla lo firmado bajo notario, ¿y nos mantenga el 2.56 los doce primeros meses?

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Las escrituras son la suma de todas sus clausulas y por lo tanto si en una de ellas, se indica que podrán subirlo, tendrán complicado que no se lo suban... y si dejan de pagar, tendrán intereses de mora...

Le recomendamos que pongan una reclamación al defensor del cliente de la entidad y que se pongan en manos de un abogado, que le estudie toda la documentación.

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