¿Pueden embargarme una nomina de 300 euros por 1800 de deuda?

En el 2008 pedí un préstamo a cofidis de 1200 euros, de los cuales solo me dieron 1000, pague hasta el 2009, me quedé sin trabajo y ahora me han puesto un monitorio, trabajo dos horas al día, cobro 300 euros al mes y tengo un piso con hipoteca de 235 euros, si acepto la deuda, ¿qué me pueden embargar?

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El salario mínimo interprofesional es inembargable, a partir de esa cantidad se embargan porcentajes, se específica en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

Los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional se embargarán conforme a esta escala:
- Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 %.
- Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario mínimo interprofesional, el 50 %.
- Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto salario mínimo interprofesional, el 60 %.
- Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto salario mínimo interprofesional, el 75 %.
- Para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90 %

El Salario Mínimo Interprofesional es de 641'40€. Por lo que si cobra menos de esa cantidad, no le pueden embargar el salario.

Otra cosa son los bienes que usted pueda tener, que sí que se pueden embargar.

Por mi experiencia, conteste al monitorio, opongase al mismo, eso hará que tengan que acudir a juicio, de modo que se lo pensarán dos veces.

Muchas gracias por la aclaración , me he quedado muy contenta y satisfecha con la ayuda recibida , deseo felicitarles por esta página tan maravillosa y agradecer enormemente vuestra ayuda , haceis una gran labor , Miles de gracias .

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