¿Divorcio y Derechos en una Sociedad Civil?

Mi mujer se quiere divorciar, estamos en régimen de gananciales.
Ella antes de casarnos monto un negocio con otro socio (Una Sociedad Civil) en el cual yo figuro como avalista hipotecario y también dicho préstamo se ha ido pagando al 50 %.
Después de casarnos con los beneficios que iba ocasionando dicho negocio se amplio y abrimos otro punto de venta y que actualmente está pagado y sigue funcionando.
Quedaría de pagar el préstamo inicial, ¿qué es lo que me corresponde al respecto? ¿Tengo algún derecho en reclamar algo del primer negocio (el del préstamo inicial) ya que por entonces eramos novios?

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Respuesta
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El préstamo inicial tiene que pagarlo el titular, y si éste no paga el avalista. No puede reclamar nada del primer negocio, no eran cónyuges.
Bien, y del segundo negocio que sigue en funcionamiento yo no aparezco en la sociedad civil ¿me correspondería algo de este?
Le recuerdo que cuando se adquirió si estaba casado.
¿Cómo se divide en estos casos, si sigue funcionando?
A usted le corresponde el 50% de los beneficios de su mujer.

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