¿Cómo puedo recurrir una multa y cambiar el domicilio al que quiero que me llegue la respuesta?

Buenas tardes,
El día 12 de febrero me paró la guardia civil en la carretera cuando me dirigía a mi casa, me registraron el coche y me encontraron 0,5 g de hachís.
El día 6 de Noviembre he recibido la notificación de iniciación de expediente y me pone que la sanción consiste en la incautación de la sustancia objeto de la infracción.
Estoy asustado porque el hachís no era mío, yo no consumo. Era de un amigo que el día de antes había venido en mi coche y lo había guardado allí.
¿Cómo puedo recurrir la multa y cambiar el domicilio al que quiero que me llegue la respuesta? Ya que no quiero que mis padres se piensen que era mío, sin tener nada que ver.
¿Alguno conoce alguna forma y algún modelo típico de recurso? Sólo tengo 15 días de margen.
Gracias de antemano

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Suko1989,
Aunque el hachís no fuera tuyo, tu eres el responsable de la sustancia, pues estaba en el interior de tu coche, y no circulaba nadie contigo, ni tampoco un tercero se ha hecho responsable.
Tipos de primer Recurso:
Negar los hechos en la primera alegación obligando al Instructor del procedimiento a solicitar a los Agentes denunciantes que ratifiquen la denuncia. Y claro, si no se ratifican, pues se queda en nada.
Proponer prueba. Así si la deniegan indebidamente, podrás luego alegar la vulneración del derecho constitucional a valerse de pruebas.
Apurar los plazos. Alegar el último día, recoger la carta de Correos el último día, etc... Así puede que prescriba.
Luego, recibirás otra carta certificada notificándote la "Propuesta de Resolución Sancionadora", dándote de nuevo 15 días para presentar más alegaciones.
Tendrás otros 15 días para más alegaciones (como las de antes)
Si vuelves a recurrir/alegar, luego volverás a recibir una carta certificada con la "Resolución Sancionadora", en la que te darán de plazo 1 mes para presentar un nuevo recurso, ésta vez de alzada (es su nombre así "Recurso de Alzada") ante el Ministerio del Interior.
Si la contestación que recibes del Ministerio del Interior, quieres recurrirla de nuevo, tendrás un plazo de 2 meses... y ya será por la vía judicial. Necesitarás abogado y procurador (¿más caro que la multa de 300? Que te habrán impuesto).
Mi consejo:
O niegas que es tuya, y dices de quién es, adjuntando una manifestación de tu amigo que se autoinculpa,
o la pagáis uno de los 2 (o entre los 2).

En la hoja de iniciación del procedimiento me pone que la sanción consiste en la incautación de la sustancia objeto de la infracción. ¿Esto acarrea sanción económica también?
Muchas gracias de antemano!
La incautación de la sustancia estupefaciente (el hachís) ya se produjo en el momento en el que los guardia civiles te la quitaron.
En la totalidad de los casos, en lo que te llega la carta a casa, es porque te van a sancionar económicamente también.
Si la cantidad fue inferior a 0'5 grs, puede que no, pero porque es la primera vez. Tenlo muy en cuenta.
La ley contempla 50.000 ptas (algo más de 300Euros) para cantidades de entre 0 y 1 gramo, pero ya te digo, hay veces (normalmente la primera) en la que si la cantidad es inferior a medio gramo, no la sancionan con dinero.
Sancionarte con incautarla, como comprenderás, no es una sanción, es una medida cautelar de la que no te puedes librar, por eso me extraña que no te impongan cuantía alguna.
Sea como fuere, básate en mi anterior mensaje.
Cierra la pregunta y vótame.
Muchas gracias por las molestias, he mandado el recurso y cuando reciba la contestación, te lo comunicaré a ver que t parece.
Un saludo

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