Reclamación de herencia en el extranjero

Mi tío que vivía en argentina, murió dejando dos propiedades, una se vendió la otra esta alquilada, y algo de dinero en una cuenta allá, y en otra cuenta aquí. Su hermana que vivía con el nos dijo que para facilitar los tramites se haría única heredera allí para poder disponer de la herencia allí y después venirse,(cosa que ha hecho), retirar el dinero de aquí y luego repartirlo. Pero al llegar aquí cambio de opinión, y dice que lo de allá es to do de ella y que de aquí no quiere saber nada.
Son 6 herederos contándola a ella, aunque 3 ya han fallecido y somos los hijos los reclamantes.
¿Cómo podemos reclamar el total de la herencia, si nos han dicho que para reclamar en argentina nos iba a salir más caro que lo que íbamos a recibir?
¿Qué podemos hacer?

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Respuesta
1
Efectivamente, la parte de la herencia que está en Argentina y que se ha liquidado allí, hay que reclamarla allí, y desde luego les va a salir bastante caro.
La mejor solución es que hagan vds. aquí un cuaderno particional con la totalidad de bienes, haciendo la correspondiente valoración, y haciendo constar que la hermana se ha adjudicado en pago de su herencia los bienes ubicados en Argentina. El resto de bienes será para los restantes herederos, y si hay un exceso de adjudicación en favor de la hermana, ésta tendrá que reembolsarles a vds. la diferencia. Si no se muestra de acuerdo, pueden ir a un juicio de testamentaria aquí en España.
Hola Isabel, muchas gracias por tu respuesta y por lo rápido que lo has hecho.
Podrías aclararme, si con el juicio (ya que ella no esta de acuerdo), ¿pueden obligarla a reembolsarnos la diferencia de lo que esta en argentina, si el juicio se celebra aquí?
Muchísimas gracias otra vez, para mi ya tienes la máxima valoración.
Un saludo.
Perdona que sea tan pesado, pero como no me has respondido y es la primera vez que utilizo esta página no se si lo he hecho bien, por eso te en vio de nuevo la petición de aclaración, perdona...
Hola Isabel, muchas gracias por tu respuesta y por lo rápido que lo has hecho.
Podrías aclararme, si con el juicio (ya que ella no esta de acuerdo), ¿pueden obligarla a reembolsarnos la diferencia de lo que esta en argentina, si el juicio se celebra aquí?
Muchísimas gracias otra vez, para mi ya tienes la máxima valoración.
Un saludo.
En el juicio, si se demuestra que ha habido un exceso de adjudicación a uno de los herederos, y éste ha dispuesto del bien, se reflejará en la sentencia que tiene una deuda con el resto, y el importe de la misma. Al quedar esa deuda reflejada en sentencia, se puede ejecutar y obligarla al pago.

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