Multa ORA

Buenas días.
Le agradecería que me informara si las multas prescriben y el plazo de las mismas. Le expongo una situación concreta:
En Noviembre del 2007 por motivos laborales me desplazo a Salamanca, allí me ponen una multa de la hora por no tener puesto el ticket.
Me llega notificación al domicilio que tengo en el carnet y la misma es recogida. En Febrero 2008 en el BOP de Salamanca aparece propuesta de sanción de 60 euros. Me llega una segunda notificación a casa que no se recoge. En el Bop de Salamanca de Septiembre del 2008 sale : por el presente se cita a las
personas o entidades a quienes no se ha efectuado la entrega de la NOTIFICACIÓN DE LA CORRESPONDIENTE PROVIDENCIA DE APREMIO,
en cuya relación de deudores se encuentran incluidos, POR NO HALLARSE NINGUNA PERSONA PRESENTE EN SU DOMICILIO EN EL MOMENTO
DE REALIZARLA, para ser notificados por comparecencia en el plazo de 15 días naturales. En ese momento la multa ya asciende a 66 euros.
A partir de ese momento no hay más publicaciones ni notificaciones.
La pregunta es si la multa ha vencido y no me la pueden reclamar o si, por el contrario, me puedo encontrar con que se ha disparado su importe ( entre otros motivos por el de no haber identificado al conductor) y me puede llegar un embargo. O si incluso me pueden retener la devolución del IRPF.
He consultado en varias páginas Web y no me figura ninguna multa pendiente.
¿Considera oportuno que realice algún otro trámite?.
Muchas gracias por su tiempo y dedicación. Un saludo

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