Escriturar o no vivienda

Les agradecería mucho que me dieran orientación sobre la siguiente situación
Compré una vivienda sobre plano, pero como hay crisis y se retrasaban más de un año en entregármela, les dije que me penalizaran con el 50% de lo entregado (aprox. ¿60.000?), como dice el contrato, y que no quería la casa. Pero me decían que no hay dinero y que la casa vale muchísimo y tiene buen precio.
Hablé con un abogado y me dijo que enviara un fax renunciando a la casa con la excusa del retraso en la finalización y que no me dieron una póliza de seguro. Ellos respondieron el burofax con otro en el que me decían que próximamente tendríamos que firmar la escritura de compraventa.
Dejé de hablar con el abogado porque se desentendía de mi y no daba señales de vida.(Tendrá otras cuestiones legales más rentables)
Y desde entonces no se nada de la promotora (hace más de 3 meses) y no sé en que situación legal me encuentro. Me han dicho que la promotora cuando quiera me puede enviar un requerimiento notarial que me obligaría a firmar la casa, pero no sé si es cierto
1) No sé si estoy obligado a firmar la escritura, ni que ocurre si no firmo. Tampoco sé que significa ese requerimiento notarial, ni como puedo actuar en su caso.
2)¿Hay alguna manera de que no firme y me devuelvan mi dinero?

3 respuestas

Respuesta
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Deberá estar a lo firmado en el contrato y a las obligaciones contraídas por ambos
Si ha entregado cantidades por adelantado el promotor está obligado a constituir un aval en entidad bancaria, cuya inobservancia puede considerarse incumplimiento del contrato
Luego debe estar a la fecha pactada de entrega, si se rebasa considerablemente puede entender incumplido el contrato (con un año de retraso puede considerarse incumplimiento contractual)
Si no se fijó fecha alguna de entrega puede también considerarse incumplida la normativa sobre información en la compraventa
Para hacer valer sus derechos y solicitar la resolución del contrato si no acceden voluntariamente no le queda más remedio que la vía judicial
Gracias por sus comentarios
Ocurre que mi situación es extraña, porque la promotora ni me devuelve dinero y ni me dice que compre la casa. Mientras, supongo que la promotora está asumiendo el pago de la hipoteca porque no me he subrogado.
Podría aclararme lo siguiente:
1) Me resulta extraño hasta cuando puede prolongarse esta situación (yo sin firmar, y la promotora pagando la hipoteca). ¿Es normal que la promotora siga así? ¿Cómo puede la promotora obligarme a firmar?
2) Aunque la promotora ha incumplido el plazo, yo también he incumplido puesto que aún no he firmado. Entonces, ¿quién tiene la culpa? ¿Debe decidirlo un juez? Temo que si reclamo mi parte en un jucio, el juez además de obligarme a pagar las costas, me obligue a comprar la casa
Le agradecería mucho orientación al respecto, pues no tengo ni idea de por donde puede resultar esto y no se de nadie que le haya ocurrido lo mismo
Muchas gracias por su colaboración
Saludos
Todo depende de lo que te interese promover
Si quieres la resolución del contrato ahora mismo puedes intentarla por incumplimiento del plazo pactado para la entrega, además de por no haber constituido ese aval
Es conveniente que esto lo hagas antes que la otra parte te notifique para la firma de la escritura pública (es al promotor a quien le corresponde notificarte para ese otorgamiento una vez finalizadas las obras)
Sobre que resolverá el juez, en principio si la promotora ha sobrepasado en un año el plazo de entrega, es probable que te admitan la resolución, pero tampoco te lo puedo garantizar al 100%
Gracias por sus aclaraciones
Deduzco de sus palabras, que si me envián un requerimiento notarial para que firme, ¿estoy obligado a firmar?
Si me envían dicho requerimiento ¿no puedo hacer nada para evitar que me obliguen a firmar?
Muchas gracias por su colaboración
Saludos
En el momento en que le requieran para firmar si previamente no ha denunciando el incumplimiento por parte de ellos es complicado intentar resolverlo entonces, pues se entiende que consiente en ese retraso si no lo denuncia
Y si recibo el requerimiento y no quiero firmar ¿Qué pasos he de dar para evitar firmar?
Muchas gracias por su colaboración
Saludos
Si no firmas, la otra parte podrá demandante en vía judicial exigiendo el cumplimiento del contrato firmado
Para evitar firmar debes instar antes de recibir esa notificación la resolución del contrato, acudiendo para ello si es necesario a la vía judicial
Respuesta
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Debería vd. interponer una demanda judicial por incumplimiento de contrato, ya que supongo que en el contrato de compraventa se pondría una fecha tope para elevarlo a escritura pública, y según vd. dice, no se han cumplido los plazos. Si es así, tendrían que reembolsarle todo el dinero que vd. ya ha pagado, ya que la rescisión del contrato es por incumplimiento de ellos. Otra cosa es que no exista ese incumplimiento y vd. quiera rescindir el contrato, en cuyo caso si se aplicaría la clausula penal pactada que, por lo que me dice, consiste en la pérdida del 50% de las cantidades entregadas. Sin ver la escritura no puedo saber exactamente en que situación está vd., pero en cualquier caso, si el contrato tiene clausula de rescisión unilateral por parte del comprador, con una penalización, vd. puede ejercer ese derecho, y como quiera que ya lo ha notificado a la constructora, deberá denunciar su incumplimiento debidamente.
Muchas gracias por sus aclaraciones
Pero el contrato dice que si incumplo, recibo la mitad sólo si ellos deciden rescindir el contrato. No dice nada de que sea a iniciativa mía.
Ellos han incumplido el plazo de entrega pero yo también he incumplido porque no he firmado la escritura. ¿Continúa usted pensando que la única salida es la vía judicial? No se si el mero retraso suyo servirá en un juicio para que me entreguen lo aportado
Por otro lado, me extraña que no contacten conmigo, pues como no he firmado, ellos supongo que estarán pagando el préstamo hipotecario. ¿Les conviene hacerlo legalmente?
Muchas gracias por sus aclaraciones, me son de gran ayuda
Saludos
Me resulta extraño
No me ha quedado claro si a vd. le han requerido para firmar en la Notaría la escritura o todavía no lo han hecho. En cualquier caso, si el contrato solo tiene clausula de rescisión unilateral para la constructora, será una clausula abusiva, ya que a vd. no le reconocen el mismo derecho. Si todavía no le han requerido para firmar la escritura, vd. puede solicitar la rescisión por incumplimiento y, sí, sigo viendo que la vía necesaria es la judicial, aunque una vez que haya acudido a un abogado, él en su nombre, puede requerir formalmente a la constructora para llegar a un acuerdo y evitar las acciones legales.
Gracias por sus comentarios. Me arrojan luz a mi situación
Decirle, que no me han requerido para firmar. Me enviaron un burofax que no pude recoger. Mi hermana si recogío el suyo, y decía que pronto firmarían. De hecho ella ha firmado esta semana
Lo que me extraña es que no me envíen un requerimiento notarial ¿Si me lo envían estoy obligado a firmar? ¿Pueden obligarme a firmar? Me consta que a mi hermana le han presionado mucho con llamadas diarias, y en cambio a mi nada. Es extraño
Muchas gracias por sus aclaraciones
Saludos
Si vd. no ha recibido el burofax, no está notificado, por lo que le recomiendo que acuda cuanto antes a un abogado para que inicie en su nombre las gestiones pertinentes ante la constructora y, si no se llega a un acuerdo, ante el juzgado.
Respuesta
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Sería interesante para poder responder adecuadamente a tu consulta que nos remitieras por email copia de la documentación que obra en tu poder, sin que ello suponga compromiso alguno para ti.
Puedes remitirla a nuestro email, indicando que provienes de este foro a
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