Prestación económica por cuidado de hijo con enfermedad grave

Soy autónoma desde hace poco tiempo, después de haber estado dos años sin trabajar, mi hijo tiene una enfermedad grave desde hace tres años, concretamente diabetes tipo I, me he enterado que puedes pedir una prestación económica por cuidado de menores con enfermedad grave según Real Decreto 1148/2011, mi pregunta es cuanto tiempo debería estar de autónoma para poder pedir la prestación.

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La prestación se llama, subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

Los requisitos del causante (hijo):

- Sear menores de 18 años.
- Padecer cáncer o una enfermedad grave que requiera ingreso hospitalario de larga duración.
- Y, además, precisen cuidado directo, continuo y permanente de sus progenitores, adoptantes o acogedores.

Los requisitos del beneficiario (progenitor):

- Reduzcan su jornada de trabajo en, al menos, un 50% de su duración. El subsidio se reconocerá en proporción al porcentaje de reducción que experimente la jornada de trabajo que disfruten las personas trabajadoras.

- Se encuentren afiliados y en alta en algún régimen del Sistema de la Seguridad Social.

- Acrediten el período de cotización exigido en cada caso:

* Si son menores de 21 años en la fecha en que inicien la reducción de jornada: no se exige período de cotización.

* Si tienen cumplidos 21 años de edad y son menores de 26 en la fecha en que inicien la reducción de jornada: 90 días cotizados dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a dicha fecha. Se considerará cumplido el mencionado requisito si, alternativamente, acredita 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a la fecha indicada.

* Si tienen cumplidos 26 años en la fecha en que inicie la reducción de jornada: 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a dicha fecha. Se considerará cumplido el mencionado requisito si, alternativamente, acredita 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a la fecha indicada.

El requisito que me pides, se llama periodo de carencia y supone el periodo que como mínimo se ha tenido que cotizar al régimen correspondiente. Este periodo, que se traduce en días depende de la edad del progenitor, es decir de usted, y va creciendo a medida que tiene más edad la progenitora.

- Sí cuando reduces la jornada tienes - 21, no tienes periodo de cotización exigido, no necesitas haber cotizado.

- Sí cuando reduces tienes entre 21 y 26, tienes que acreditar 90 días (3 meses), o 180 ( 6 meses) en toda la vida laboral.

- Sí cuando reduces tienes 26 o más. Te requiere 180 días (6 meses) o 360 (1 año) en toda la vida laboral.

Ten en cuenta que es necesario la REDUCCIÓN DE JORNADA, para poder acceder.

Muchas gracias por la información, pero una ultima aclaración, ¿Como se calcularía el importe de subsidio al ser autónomo?

Un saludo y gracias,

La prestación consiste en un subsidio, de devengo diario, equivalente al 100% de la base reguladora (BR) que esté establecida para la prestación de incapacidad temporal (IT) derivada de contingencias profesionales o, en su caso, la derivada de contingencias comunes, cuando no se haya optado por la cobertura de las contingencias profesionales y en proporción a la reducción que experimente la jornada de trabajo.

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Lo lamento pero no soy experta en Seguridad Social, sino en Derecho laboral. En cualquier caso puedes llamar al teléfono de atención al ciudadano de la seguridad social o RETA para exponer tu caso. Te lo suelen resolver en unos minutos.

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