Vacaciones partidas

En el convenio de mi empresa pone que el comienzo de las vacaciones nunca
empezarán en fiesta semanal.
Yo por motivos de faena, hace unos años que las hago partidas, unos 15 días
+- en Julio y los restantes en Agosto.
Tres meses antes de hacerlas comunico por escrito el plan de vacaciones a la
empresa para que den el visto bueno.
Nunca me han contestado al respecto por lo que al llegar el momento las he
hecho como lo tenia planeado.
Siempre me las he combinado para empezar las primeras en lunes y acabarlas
en viernes y las otras igual.
Alguien puede pensar que soy un listillo, pero por eso lo comunico por
escrito y nunca han objetado nada.
Este año, en el día anterior de empezar las primeras vacaciones, me
telefonean y me dicen que cuando se hacen partidas no se pueden hacer
coincidir más de 2 fines de semana que empalmen con vacaciones por lo que
las segundas las empezaré en miércoles y acabaré en domingo.
¿En qué ley o disposición puedo encontrar donde diga esto?.
En el convenio no dice nada al respecto

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El calendario de vacaciones debe fijarse en cada empresa ya que todo trabajador tiene derecho a conocer con dos meses de antelación la fecha de comienzo y disfrute de sus vacaciones. La falta de comunicación con la suficiente antelación faculta al trabajador para reclamar los perjuicios acreditados
La fijación del período de vacaciones no puede sea adoptada ni modificada unilateralmente por el empresario. Si no estás de acuerdo, puedes acudir al juzgado de lo social

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