Indenización contrato obra y servicio

Buenas:
Comento la situación:
Una persona firma en marzo 2009 un contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo como arquitecto medio. El septiembre del mismo año firma un nuevo contrato por obra y servicio como arquitecto medio donde aplica el convenio de la construcción. Seguidamente en septiembre de 2011 entregan la carta de despido para finalizar el 31 de diciembre de 2012. En este periodo de tiempo ha trabajado para obras diferentes a las que figuran en el contrato.
Mis preguntas:
- Podría convertirse en contrato indefinido por considerar que se celebra en fraude de ley. Ya que en un periodo de 30 meses está contratado por plazo superior a 24 meses. Si se convierte en iondefinido por esta raoón la indemnización que correspondería sería de 33 días ¿no es así?
- Si no aplica esto y no se puede convertir en indefinido ¿que indemnización corresponde? ¿8 días? ¿o algo relacionado con el 7%? Por ejemplo para un salario bruto de 32.000 euros anuales ¿que finiquito corresponde?
Mil gracias y Saludos,
Ruth

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