Reducción de jornada de 40 a 30 horas

LLevo 10 años trabajando de camarera en un restaurante con contrato indefinido... Ahora me han propuesto acceder a una modificación de contrato reduciéndome las horas de 40 a 30, justificándolo con la disminución de faena que hay últimamente... Creo que no me conviene hacer ese cambio... Pero no tengo claro cuales son mis opciones en esta situación... Mi jefa me ha dicho que no esta obligada a finiquitarme... Porque solo tendría que hacerme una modificación de contrato si yo estuviera de acuerdo,... El caso es que no me interesa... Y mi pregunta es ¿qué es lo que yo puedo exigir a la empresa o ella me puede exigir a mi si no accedo a la reducción de horario?

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Aquí te dejo detalladamente tu consulta:Hay condiciones en las que tu empleador puede reducir tu jornada laboral (y por ende, tu salario). Están previstas por la legislación laboral, pero son siempre con la anuencia del trabajador. Es decir, tú debes aceptar esa reducción.
El Estatuto de los Trabajadores avala que cualquier modificación de tus condiciones de trabajo (por ejemplo, si te cambian el horario o el turno) debe ser notificada a ti o al sindicato (en caso de una modificación de carácter colectivo) con antelación.
No estoy conforme con la situación, ¿qué puedo hacer?
1.Recurrir contra la resolución adoptada de no estar de acuerdo con ella.
2. Solicitar su prestación por desempleo ante el Servicio Público de Empleo Estatal.
Es decir: tú puedes considerarte despedido si demuestras que la decisión de la empresa te ha perjudicado.
Así lo dice la legislación: "Si el trabajador resultase perjudicado por la modificación sustancial tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de veinte días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses".
Supongamos que tú quieres mantener tu empleo y la empresa tiene, realmente, problemas económicos: En ese caso, la firma debe tramitar un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) ante la autoridad laboral y esperar a su resolución.
Recuerda: esta situación es completamente distinta a la reducción voluntaria de jornada. Un abrazo

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