Derecho a paro en el periodo de prueba

Tras tres años como indefinido en una empresa, decidí causar baja voluntaria, ya que me ofrecieron mejores condiciones en otra. Mi sorpresa fue que a las 7 semanas de trabajr en la nueva empresa, me despidieron argumentando que no cumplía el perfil buscado. El contrato que firmé era un 401, con duración seis meses, de los cuales su totalidad, eran de prueba.
Mi pregunta es saber si tengo derecho a paro, si en el despido que me hacen, argumentan que no he superado el periodo de prueba.

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Entiendo que no.
Esto es lo que dice la página del INEM:
Pregunta:
Me fui de un trabajo voluntariamente, ¿cuánto tiempo tengo que estar en uno nuevo para poder cobrar prestación?
Respuesta:
El sistema de prestaciones por desempleo protege a aquellos trabajadores que quieren y pueden trabajar pero carecen de empleo.
Si su cese en la empresa es voluntario no estará en situación legal de desempleo y, en consecuencia, no cumplirá uno de los requisitos para acceder a la protección por desempleo.
Si trabaja en una nueva empresa, y le cesan por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario y no han transcurrido más de tres meses entre el cese voluntario en la empresa anterior y el cese por no superar el período de prueba, tampoco tendrá derecho a una prestación por desempleo.
Si esta relación laboral finaliza por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, sí tendrá derecho a una prestación por desempleo.
No obstante, se suele realizar un análisis concreto de cada caso para determinar si hay indicios que permitan establecer de manera fundada la presunción de fraude de ley en la última contratación, por si se pretende acceder a la prestación por desempleo de forma indebida.
Hola de nuevo:
Entonces no vale para nada lo que he cotizado los tres años anteriores. Quien dictamina que lo que dice el empresario es la verdad, es decir, que no he superado el periodo de prueba, ¿o simplemente me ha querido despedir por otros motivos?. ¿Hay alguna manera de reclamar?.
Saludos y gracias de nuevo.
A ver, lo cotizado no lo pierdes, solo que podrás hacer uso más adelante, cuando se de la situación legal de desempleo y hayan pasado más de 3 meses en el nuevo empleo.
Sa. Udos.

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