Excedencia voluntaria o forzosa
Hola,
Llevo tres años trabajando en un centro para personas con discapacidad. Me gustaría cogerme una excedencia sin más motivo que cambiar de aires y vivir una experiencia por ahí fuera. El tiempo no lo tengo muy claro porque antes me gustaría informarme a que tengo derecho. Según mi convenio (centros y servicios de atención a personas con discapacidad) y lo que me han dicho desde Recursos Humanos es que el único motivo por el que tengo derecho a pedirme una excedencia y que me guarden el puesto es por una formación relacionada con mi trabajo. Y dicha formación me la tienen que aprobar desde dirección. Por otro lado me pueden concecer la excedencia pero no asegurar el puesto, contratarían a otra persona y si esta trabaja mejor pues yo no me reincorporaría.
Por otro lado en un artículo de mi convenio se específica que todo el mundo podrá solicitar tres meses sin sueldo con cinco días laborables de antelación. Esto es la que me propone la empresa para asegurar mi puesto de trabajo.
No me queda muy claro lo que me han dicho ya que leyendo el convenio, pone los motivos por lo cuales te la puedes coger más los que recoge el estatuto de trabajadores. ¿Me podríais dar la página desde donde me pueda bajar el estatuto?
Quería que me dijerais si esto que os cuento es realmente así. ¿Si la empresa me puede denegar la excdencia porque el motivo no es justificado? ¿Si me la puede conceder pero sin tener derecho a la reserva del puesto? ¿Si estoy obligada a decir mis motivos?
Y por último, lo de excedencia voluntaria o forzosa. En mi cado sería voluntaria, ¿forzosa sería únicamente cuando tienes que cuidar a un familiar?
Un saludo
Emma
Llevo tres años trabajando en un centro para personas con discapacidad. Me gustaría cogerme una excedencia sin más motivo que cambiar de aires y vivir una experiencia por ahí fuera. El tiempo no lo tengo muy claro porque antes me gustaría informarme a que tengo derecho. Según mi convenio (centros y servicios de atención a personas con discapacidad) y lo que me han dicho desde Recursos Humanos es que el único motivo por el que tengo derecho a pedirme una excedencia y que me guarden el puesto es por una formación relacionada con mi trabajo. Y dicha formación me la tienen que aprobar desde dirección. Por otro lado me pueden concecer la excedencia pero no asegurar el puesto, contratarían a otra persona y si esta trabaja mejor pues yo no me reincorporaría.
Por otro lado en un artículo de mi convenio se específica que todo el mundo podrá solicitar tres meses sin sueldo con cinco días laborables de antelación. Esto es la que me propone la empresa para asegurar mi puesto de trabajo.
No me queda muy claro lo que me han dicho ya que leyendo el convenio, pone los motivos por lo cuales te la puedes coger más los que recoge el estatuto de trabajadores. ¿Me podríais dar la página desde donde me pueda bajar el estatuto?
Quería que me dijerais si esto que os cuento es realmente así. ¿Si la empresa me puede denegar la excdencia porque el motivo no es justificado? ¿Si me la puede conceder pero sin tener derecho a la reserva del puesto? ¿Si estoy obligada a decir mis motivos?
Y por último, lo de excedencia voluntaria o forzosa. En mi cado sería voluntaria, ¿forzosa sería únicamente cuando tienes que cuidar a un familiar?
Un saludo
Emma
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Respuesta de levantino
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