¿De todos los herederos a quién le corresponde pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones?

Mi padre falleció hace 10 meses, dejando testamento y
repartiendo su herencia entre sus tres hijos. Actualmente se está tramitando la
partición de la misma y ya se ha pagado el Impuesto sobre Sucesiones y
Donaciones pero sigo teniendo algunas dudas:
¿A quién le corresponde pagar este impuesto?
¿Se debe repartir entre los hijos dependiendo de lo que adquiera
cada uno, teniendo en cuenta la partición de la herencia?

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Como la herencia está yacente, los gastos que se originen hasta tanto en cuanto no se haga la partición definitiva y ésta se lleve a la protocolización del cuaderno particional, todos los gastos que se originen, se harán contra la herencia en sí, sin poder individualizarla en las particiones que le correspondería a cada uno de los herederos, porque precisamente no se ha plasmado en dicho documento, ya que el art. 393 del Código Civil, señala que las cargas serán proporcionales a las respectivas cuotas, pero al no existir, no pueden individualizarse.

Ruego cierre y valore

En el testamento mi padre me deja a mi el tercio de mejora, y teniendo en cuenta que solo teníamos seis meses para pagar este impuesto, he sido yo quien ha pagado la suma total del impuesto sobre sucesiones. Pero en este documento se incluyen propiedades que ahora, al hacer la partición, les tocan a mis hermanos. ¿Es esto correcto? Porque por este motivo yo ya he pagado una suma por los derechos de una propiedad que finalmente le ha correspondido a mi hermana.

Aprecio su atención

Conforme le indiqué, lo suyo es que antes de hacer la partición le hubieran abonado dicho Impuesto el resto de los herederos detrayéndolo del caudal hereditario. Si han hecho el reparto sin tener en cuenta el Impuesto de Sucesiones, ahora tendrán que hacer un cálculo en función no de las propiedades que tengan o no tengan sino del tanto por ciento que les corresponda sobre el caudal hereditario.

En su caso son tres herederos. Imagine que el caudal hereditario son 100.000€ de los cuales dos les corresponden 20.000€ a cada uno por legítima estricta y 40.000€ a otro por haber sido mejorado (+20.000€ de su legítima). Del impuesto tendrán que abonar los de las legítimas tendrán que abonar el 20% de dicho impuesto y el de las mejoras el 60% restante.

Ruego cierre y valore

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