Hacienda puede modificarautomáticamente la titularidad de una propiedad al fallecimiento del titular

Mi padre ha fallecido y a la hora de tramitar la abjudicacion de bienes en la notaria vemos que en el catastro figura como primer titular la viuda cuando en teoría no tiene nada que ver en esa propiedad ya que teníamos el 50 % de mi madre fallecida y nuestro padre nos nombro herederos únicos y universales. La pregunta es quien cambio la titularidad en el catastro, ¿lo puede hacer hacienda por su cuenta? No hemos hecho la aceptación de herencia por haber discrepancias entre las partes.

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El índice catastral de las propiedades a veces es erróneo (de hecho, muchas veces) esto ocurre porque o bien el IBI lo han pagado alguna vez en alguna cuenta bancaria en la que la viuda de su padre figuraba como titular o bien porque en el domicilio apareciera ella en el padrón.

Este hecho puede solucionarse mediante una solicitud de rectificación.

Por otra parte, me comenta que aún no se ha adjudicado la herencia, si lo desea puede ampliarme esta información y la asesoraremos. Nuestro despacho se dedica única y exclusivamente a la en tramitación de herencias, por lo que somos especialistas en este tipo de conflictos. No cobramos provisión de fondos y nos vinculamos con el cliente a riesgo, hasta que no cobre su herencia, el despacho no cobra.

Si lo desea me puede enviar más información enviando un mail a [email protected] o [email protected] También estaremos encantados de atenderle a través del 915487550.

www.willsandlaws.es

En espera de sus noticias.

muchas gracias por su respuesta, en cuanto a la herencia estamos pendientes del deposito/seguro que creemos que debe entrar en el caudal hereditario al ser un dinero que estaba antes del fallecimiento de nuestro padre. Un saludo

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