Impuesto sucesiones urgente por favor

Les comento. Mi abuela murió en enero de 2008. Yo y mi familia vivimos en nuestro piso, pero que está a su nombre. Ella hizo testamento. Quería saber si podemos poner el piso a nombre de uno de nosotros (el de mi madre, en principio) y cuánto suele costar este trámite. Además, me gustaría saber si todavía se sigue pagando el impuesto de sucesiones y, si es así, a cuánto podría ascender (teniendo en cuenta que no disponemos de muchos recursos). Tengo entendido que pasados 5 años no debe pagarse, no sé si estoy equivocada.
Además, este año quería hacer la declaración de renta (no estoy obligada a hacerla) y quisiera saber si por el hecho de indicar que vivo en este piso habría algún problema, es decir, que descubrieran que no se ha pagado ese impuesto y nos caga una multa o algo peor (por el tema del impuesto de sucesiones, nombre del piso, etc.)
Muchísimas gracias y saludos.

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Efectivamente si pasan cinco años, esta prescrito el impuesto de sucesiones, siempre que no se haya reclamado por parte de la administración, cuestión que no suele suceder. En algunas comunidades autónomas esta exento o prácticamente exento, por lo tanto, infórmese en la Hacienda de su Comunidad Autónoma, por si así fuera y no mereciera la pena esperar.
En cuanto al cambio, eso depende de muchas circunstancias, pero principalmente del valor de la viendo, pues ademas del impuesto se sucesiones, se ha de pagar Notario y Registrador, que cobran en función del precio del bien... Ademas, se puede tener que pagar la gestoría y la plusvalía municipal en algunos casos.
Le recomendamos se ponga en manos de un abogado, que les ayude con los tramites y evitar problemas.
En cuanto a la Declaración de renta de este año, simplemente ha de indicar en la situación de la vivienda habitual, la opción de otras circunstancias (no propietario o arrendatario). Así no debería tener problemas.
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Muchas gracias por la respuesta. Yo vivo en Cataluña donde tengo entendido que es donde más se paga por esto.
Disculpe pero no he entendido el tema de la declaración, a que se refiere con "simplemente ha de indicar en la situación de la vivienda habitual, la opción de otras circunstancias (no propietario o arrendatario". ¿A qué se refiere exactamente? ¿Entonces si pongo la dirección de mi casa en principio no miran nada? Gracias
Una de las posibilidades al indicar el domicilio habitual es esta que le hemos indicado...
Normalmente no hay problemas por ello... usted podría vivir en la casa de sus padres y no ser ni propietaria, ni arrendataria.
Agradecemos valoración de la respuesta.

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