Piso

Hola buenas, en Septiembre del 2003 compre un piso en construcción, la fecha de entrega era el 31 de julio del 2004 (Salvo problemas de fuerza mayor)el caso es que aun no nos lo han entregado, me gustaría saber si tengo derecho a renunciar a la compra del piso recuperando el dinero de la entrada así como el de la cuotas trimestrales que hemos ido pagando.
Muchas gracias.
Respuesta
1
Para estar seguro de ello, debes revisar el contrato por la compra de piso que haz realizado, lo que te recomiendo es que tu contrato lo hagas revisar con un abogado. Pero hasta donde yo sé, si un contrato es incumplido la otra parte puede demandar al que incumplió rescindir contrato inicial. Suerte

1 respuesta más de otro experto

Respuesta
1
En principio esto debe venir marcado por las cláusulas del contrato que seguramente firmasteis en septiembre del 2003. En dicho contrato debería haber alguna cláusula que haga referencia al incumplimiento de la fecha de entrega. Si no hace referencia a ningún tipo de salida para vosotros (que podáis recuperar el dinero, que podáis recibir una indemnización, etc...) entonces en principio la constructora no está obligada a anda con vosotros.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas