Ayuda a trabajador autónomo

Hola, soy un trabajador autónomo. Tengo páginas web y me saco un dinero con la publicidad de dialers. Una empresa me paga por cada minuto que alguien se conecte a su dialer partiendo de mi web, yo le cobro sumándole el iva con la correspondiente factura. Mis preguntas son: ¿Ese iva lo tengo que ingresar a hacienda? ¿En la declaración mi irpf lo calculo sobre las facturas sin iva? ¿Cuál seria el % de irpf? La verdad es que estoy muy perdido en este tema. Muchas gracias por adelantado Un saludo

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Debes estar dado de alta en hacienda. Dependiendo como estés dado de alta declararás una cosa u otra. El iva se ingresa trimestralmente en hacienda, normalmente el modelo 300 y el pago fraccionado del irpf es el 20% del rendimiento neto (ingresos sin iva - todos gastos) modelo 130.
Aprovechando la ocasión. Estoy haciendo una web, haber si puedes ayudarme, necesito que me digas si conoces el funcionamiento y configuración de cobros por tarjetas de crédito. En mi web vendo cosas y necesito un servicio como este, ágil, sencillo y si puede ser barato. Gracias. Saludos y si tienes más dudas, aquí me tienes.
Hola, lo primero agradecerte la respuesta. Quería pedirte un par de aclaraciones:
-Estoy dado de alta en hacienda en el impuesto de actividades económicas en explotación electrónica por terceros. Me gustaría saber si es siempre el 20% o esto varia.
-Otra cosa es que ya no he pagado los tres primeros trimestres ni de una cosa ni de la otra. ¿Qué tendría que hacer?, si pago todo al final del año ¿tendría multa?
-De lo de la web, en cuanto a lo de tarjetas de crédito la verdad es que no tengo ni idea de como funciona, creo que hay empresas intermediarias que dan el servicio.
Un saludo y gracias por adelantado
Lo del 20% es siempre, cada trimestre calculas los resultados desde el uno de enero, calculas el 20% y le restas los pagos fraccionados de trimestres anteriores. Cuando veas el modelo 130 lo comprenderás mejor. Para regularizar, calcula todo en el cuarto trimestre y lo pagas, pero el problema es que siempre, desde el alta tienes que presentar modelos, aunque sea sin actividad o cero. Debes presentar también los trimestres anteriores sin actividad, y por la presentación de fuera de plazo te sancionaran. Date mejor una vuelta por hacienda y que vean cual es tu situación. Saludos y gracias. Dime tu web, para echar un vistazo.

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