Reliquidacion IPC en Contrato Arriendo

Hola: Me gustaría saber si es procedente y legal que cunado ya me ha vencido un contrato de arrendamiento de un departmaneto pactado a un año pero que se entendía renovado por que seguía cancelando puntualmente ahora al dejarlo el dueño quiere rebajar del deposito el IPC por los siguientes meses que se han vivido sin haberse estipulado y/o renovado el contrato, ademas combra el IBI, tasa de incineración y lo maneja una abogada hermana del dueño, en el contrato no dice nada de reliquidar un IPC y ya esta vencido por 8 meses.

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Bajo mi punto de vista y según la lau ley de arrendamientos urbanos, en su caso estamos en uso vivienda, es rerquisito fundamental para poder cobrar el arrendador el incremento del ipc notificación fehaciente del incremento a aplicar y con anterioridad a su aplicación, es decir, si se lo comunica hoy mismo solo le podrá cobrar el ipc adicional al arrendamiento a partir de mañana.
Con respeecto a los otros gastos hay que estar al contrato, si el contrato estipula el pago de esos gastos le correspodería pagarlos a usted si no es así no Ud no esta obligado a pagarlos, a veces se suelen poner clausulas en el contrato donde el ibi y otros gasto correna cargo del arrendateario o al arrendador en suma habría que revisar el contrato
Salvo mejor Criterio

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