Urgente, reinversión parcial en vivienda habitual

He vendido mi vivienda habitual por 120000 euros ( sin hipoteca pendiente ), ¿y me he comprado otra por 190000? + los gastos 17000? = 207.000?.
Fecha de venta  25/05/2008 y fecha de compra 15/12/2009.
¿La ganancia patrimonial que tenía exenta si hubiera hecho bien las cosas era de 79000? Por la venta del antiguo, ¿ya qué 41000? Era el precio actualizado que me sacó hacienda de compra.
¿Al parecer el problema ha sido que he pedido una hipoteca sobre el nuevo de 100.000? Para poder hacer unas reformillas, ¿y según hacienda he incumplido en parte la reinversión que tenía que hacer de 120000?, dicen que restan al precio de compra del piso la hipoteca, ¿luego según ellos he reinvertido 190.000?-¿100.000? = 90000? + ¿Los gastos de escritura 17000? Que si me cuentan, ¿total de reinversión 107.000?.
¿Total qué la ganancia que no tengo exenta es de 13.000?.
Yo pensaba que comprando un piso por un precio superior al precio del que he vendido era suficiente, ¿qué le importa a hacienda la hipoteca que el banco me de, es un asunto entre el banco y yo? Otra cosa es el porcentaje que yo me pueda desgravar de esa hipoteca que no sería todo evidentemente.
Bueno en fin, mis preguntas son dos: 1ª ¿Cómo calculo lo que tendré que pagar de esos 13.000? ¿Intereses de demora?.
¿2ª Teniendo en cuenta que de la anterior vivienda me deduje 28.000?, ¿Y la ganancia exenta iba ser de 79000? Pero ahora es menos, ¿cuánto y cuando podré comenzar a deducirme de la nueva? ¿El cien por cien de la hipoteca que he pedido ( 100.000? )?.
Perdón por la extensión de la pregunta y

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1.- Todo lo que dices es correcto. Y si, tiene razón hacienda, así esta escrita la ley...
2.- La ganacia patrimonial es el 18% de los 13000 = 2340 Euros que le debes ha hacienda
3.- Los intereses de demora del 2008 y 2009 están entre el 5.5-5 y 6% anuales
4.- Si ha sido hacienda la que te ha notificado el error, debes prepararte económicamente pata una sanción. Como la deuda tributaria es inferior a 3000 euros la sanción es del 50% de la misma, o sea de 50%2340 = 1170, que este se te reduce a la mitad por "NO RECURSO" y por "PRONTO PAGO"
5.- La deducción de la nueva vivienda, hacienda te da dos opciones,
5.1.- No deducirte nada hasta que no amortices 28000 de tu nueva hipoteca.
5.2.- deducirte durante toda la vida de la hipoteca un porcentaje que se calcula mediante la siguiente fórmula:
[1 - (28000/207000)] = 86.47% del total de la hipoteca.

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