Impuesto de la renta sobre las personas físicas

¿A partir de que cantidad se está obligado a realizar la declaración de la renta?
Si en anteriores años se ha hecho, ¿puede no hacerse este año (teniendo en cuenta que no se llegue a las cantidades indicadas para hacer la declaración obligatoriamente)?

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Los límites y condiciones para tener o no tener que hacer la declaración lo puedes leer en el siguiente artículo:
¿Quién tiene que hacer la declaración?
En relación a la segunda pregunta, la respuesta es sí. Puedes haber hecho la declaración toda la vida, pero llegado un año, en que cumples las condiciones de no tenerlo que hacer, no hace falta que lo presentes.
¿Cuándo se habla de dos o más pagadores se refiere a pluriempleo, o a si durante el año has estado cobrando de varios pagadores diferentes? En mi caso cobré unos meses de una empresa, posteriormente de la Seg. Social (baja I.T.) y después de otra empresa. ¿No llego a los 22.000?, pero m ha surgido esa duda a la hora de si tengo obligación o no de hacer la renta.
Gracias
Si has tenido varios pagadores: 3 en tu caso, ¿y no llegas a los 22.000? ¿No tienes que hacer la declaración sí y sólo si la suma de las cuantías que te haya pagado el segundo y el tercer pagado no supera los 1.500?.
¿En el caso de superar los 1.500? Los segundos pagadores, ¿y no cobras más de 11.200?, también estarías exento de declarar tal y como se describe en el artículo: ¿Quién tiene que hacer la declaración?
He cobrado 1.600 del 1er pagador, 1.100 del 2º, y 11.200 del 3º y último, ¿por tanto estoy obligado a hacer la declaración no?
Efectivamente, ¿los segundos pagadores suman 2.500? ¿Y el total suma 13.700? Y por lo tanto estás obligado a hacer la declaración.
De todas formas, no creo que te vaya a salir a pagar, y en tal caso, por mucho dinero.
¿No te olvides de incluir la deducción de los 400? En la declaración.
Pues me sale a pagar 624 euros, con la aplicación de los 400 incluida.
Vaya palo.
Gracias
Según los números que has puesto es como si no te hubiese retenido nada nadie, ¿es así? En tal caso, ¿sientiendolo mucho te toca pagar los 624?.
¿Se me ha retenido un total de 257,40?, ¿De unas retribuciones dinerarias totales de 14.007,10?.
Mala suerte, poco o nada le puedo hacer.
Muchas gracias por tu atención
Lo siento, no hay nada que hacer.
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