¿Plusvalía en nueva construcción?

Compro vivienda de nueva construcción en 2006 y ahora me piden que page plusvalía por valor de 600 e, a mi y a todos los vecinos, ¿es legal?

1 Respuesta

Respuesta
1
¿Te refieres a una revalorización del piso? ¿Es decir que te aumentan el valor del precio que se figuró en escritura?
Si es a eso a lo que te refieres, no te quedará más remedio que pagar pues se rigen por un programa de valoraciones y siempre actualizan los mismos (al alza por supuesto).
Para poder recurrir dicha sobrevaloración deberás presentar un escrito de tasación pericial contradictoria aportando para ello informe de un perito, con esto te quiero decir que te va a salir más caro el remedio que la enfermedad y te puedo asegurar que el recurso que presentes será desestimado. Yo que tú me evitaría este trámite puesto que en ningún caso que conozca, a no ser que este muy justificado que el aumento es improcedente te desestimarán el recurso presentado. Y por supuesto la interposición de recurso no interrumpe la fecha de ingreso, caso que te decidas a presentarlo más vale que no se te pase la fecha límite para proceder al pago, y si te aprobaran la reclamación procederían a la devolución de ese dinero. Pero resumiendo, insisto, no creo que te lo estimen y encima habrás tenido que desembolsar el gasto del perito.
N[size= small; font-family: Times New Roman]o es eso, quizá me expliqué mal. Compramos un piso de nueva construcción en el que en la escritura aceptamos (sin saberlo) que cargaríamos con la plusvalía, ahora vemos que se refiere al periodo comprendido desde que el constructor compró el terreno hasta que lo edificó (8 años). Para colmo dimos un dinero de previsión de gastos (800 euros para plusvalía, ibi, ..) en el que e incluyó enganche de luz y agua, con lo que no le llegó el dinero y ahora nos pide 600 e más para la plusvalía. Por enganche de luz hemos pagado metros y metros de cable, cuadros electr. etc.. total que creo que está abusando. Si puedes ayudarme y aclararme algo te lo agradecería. Gracias y perdona si soy pesado.[/size]
Solo me ha salido una N en tu respuesta.
Gracias por tu atención. No es revalorización. El piso es de nueva construcción. En la escritura firmamos (sin saberlo) que nos hacíamos cargo de la plusvalía, que ahora nos enteramos que es referida a los 8 años que transcurrieron desde que el constructor compró el terreno hasta que nos entregó las llaves. Para ese gasto entregamos un dinero de previsión de gastos en los que se incluía: plusvalía, ibi, enganche de luz y agua. Nos han informado que la luz y el agua no es normal que nos lo cobren así (como si nos cobraran el desagüe a parte), pero este constructor suma los gastos y le faltan 600 euros para la plusvalía, con lo que nos han mandado los recibos. ¿Qué te parece?, muchas gracias y perdona tanta molestia.
En cuanto a la plus-valía que según me comentas habéis aceptado el compromiso de pago en la escritura de compra de la vivienda es lógico puesto que es un impuesto que debe pagar el comprador del inmueble (salvo pacto en contrario)
En lo que se refiere al dinero que habéis entregado para provisión de gastos, ¿de alguna manera en el recibí de dicho importe entregado a ese "señor" figura el concepto de dicha entrega?... Vamos a ver si me explico... la plus-valía se genera con una carta de pago individual por cada comprador y es éste el que procederá al pago de dicho impuesto con la presentación en el Ayuntamiento del documento de propiedad, es decir, la escritura pública de compra o adquisición del inmueble, quiero decir que al constructor no le van a imputar dicho impuesto nunca puesto que éste se produce "una sola vez" por cada transmisión, con lo cual cuando ese "señor" adquirió el terreno pagaría su impuesto que es problema suyo y evidentemente no puede repercutir a la hora de la construcción a cada propietario por el motivo que antes te he explicado (ya se habrá encargado él de incrementar el valor del inmueble que os ha vendido en los gastos que a él le han supuesto)... es más... que demuestre la carta de pago de ese impuesto que será del año que compró el terreno, es decir, no tiene un pago por cada año que ha transcurrido desde que él lo compró hasta que habéis escriturado la adquisición, que no cuente "milongas" de provisión de gastos para este pago.
En cuanto al ibi otro tanto de lo mismo... se genera con la presentación ante la Gerencia Territorial del Catastro con la escritura de propiedad de cada comprador... el ibi que a ese "señor" le repercuten es por la propiedad que el tiene hasta la hora de la venta del mismo bien, date cuenta que no sois propietarios de nada hasta que no hay documento donde se demuestre la titularidad o posesión, con lo que es él el que tiene que hacerse cargo de dicho impuesto ya que es el dueño de la propiedad (este si se genera anualmente) pero también en su problema puesto que él es el propietario hasta la enajenación del bien que figuraba a su nombre.
En cuanto al tema de enganche de luz y agua también me parece pelín absurdo, pues supongo que cuando se pacta un precio de compra o construcción se tienen en cuenta todos estos gastos que van inherentes a la construcción o adquisición de la propiedad, es decir... que si yo voy a comprar un piso el constructor no me dice..."pues mire... le va a costar 240.000 Euros y aparte me paga el enganche de la luz, agua, etc..." (va a ser que no... si yo pacto que compro por 240.000 Euros se supone que va todo incluido y me entregan la propiedad con todos los sacramentos puesto que considero que incluido en el precio va todo lo que conlleva la construcción y condiciones de habitabilidad)... claro que tampoco se el pacto que habéis hecho con este "señor"... pero no me parece muy lógico.
Lo que me parece es que tiene un morro que se lo pisa, y ya de puestos que también os cobre las cañas y los bocadillos que se toma (perdona por la expresión pero se está pasando un pelín)... y ciñéndonos al caso... que justifique "INSISTO" con la presentación de las cartas de pago de la plus-valía esa (una por cada propietario) para que le cuadren los 600 euros que reclama. (Salvo que él se haya hecho cargo, cosa que dudo mucho, de tramitar las escrituras de compraventa con la presentación ante todos los organismos), pero incluso así... deberá documentar fehacientemente dicha reclamación. Date cuenta que cuando se lleva a cabo la presentación de la escritura en los diferentes organismos, ¿éstos son los que procederán al cobro de dichos impuestos... entonces... dime... los pagáis dos veces?... ¿Una al constructor que supuestamente se ha hecho cargo de estos impuestos y otra al organismo competente cuando os gire la carta de pago?
Yo por supuesto ni un euro sin la correspondiente justificación o explicación al respecto.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas