IRPF cuidadora menos 20 horas

Tengo una chica que cuida de mi hija menos de 78 horas al mes, y no tengo obligación de asegurarla, pero lo que no sé es si tengo que retenerla algo de IRPF y luego tenerlo en cuenta en la declaración de la renta.
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Para retenerla IRPF la tendrías que hacer nomina ¿la haces nominas?. Puesto que las retenciones de IRPF solo se hacen en nominas o facturas. En cualquier caso si la retubieras algo tendrías que ingresarlo an hacienda en la declaración de pagos a cuenta y también ella quien que declararlo en su declaración de IRPF.
Otra cosa muy diferente seria el siguiente caso: Que la cuidadora estuviera dada de alta como autónoma profesional (que no creo que sea el caso) y que encima de facturara a ti cobrándote IVA (es decir una factura completamente en regla)y no solo eso sino que encima tu tuvieras una empresa con personalidad jurídica (es decir una S.A. o S.L.) y que las facturas la cuidadora te las expidiera a nombre de la empresa. Solo en ese caso tu tendrías de retenerle a ella el 18% de la factura sin -IVA y luego te tocaría ingresar ese 18% a ti en Hacienda.
Sinceramente me extraña que una TATA trabaje con tanta legalidad
El caso no es que esté dada de alta en autónomos.
El caso es que yo no creo que pueda darla una nómina ya que soy persona física, no soy ni autónoma ni empresa. A ella le interesa de alguna forma declarar estos ingresos que yo le hago, para poderse desgravar en Hacienda la Hipoteca que está pagando.
No hace falta que le entregues nomina como te he explicado, bastaría con que ella te facturara. Pero para que ella sea capaz de declarar esos ingresos de forma legal debe darse de alta en una actividad economica/profesional de Puericultura para que hacienda le pueda cobrar el IRPF oportuno y la Seguridad Social también le pueda cobrar las cotizaciones. Solo así esos ingresos serian legales

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