Reinversión en vivienda habitual

Hola Dleto!
Ya estoy otra vez aquí preguntando.
El tema es exención por reinversión en vivienda habitual.
El otro día ya te pregunte sobre esto, pero tengo solo una pregunta más:
Si debo reinvertir 58.000 euros para quedar exento de tributar, se podría hacer de esta manera:
1- Declaración 2006: Poner en la casilla correspondiente que voy a reinvertir 28.000 euros (Así no te arriesgas por si acaso pones 58.000 euros y luego no puedes reinvertir lo que falta).
2- Declaración 2007:
- Opción a) Poner en la casilla que reinviertes 30.000 euros (todo esto reinvertido antes de que pase el plazo de los dos años desde la fecha de venta, que termina en Junio del 2007).
- Opción b) Poner en la casilla correspondiente que me faltan reinvertir 30.000 euros (y no reinvertirlos)y que el tanto por ciento correspondiente que me falta lo voy a tributar.
¿Eso estaría bien hecho? ¿Se puede presentar una mitad en la declaración del 2006 y la otra en el 2007? ¿Las dos opciones de la declaración serían correctas?
Muchas gracias Dleto.
Un saludo.
Pxara.
Respuesta
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No es exactamente así como debes hacerlo, tienes que decidir en 2006 cuánto vas a reinvertir, 28.000 ó 58.000
En las declaraciones de 2006, 2007 y 2008 tendrás que justificar que estás invirtiendo esos importes dentro de los plazos
¿Qué pasa en 2007?
- OPCIÓN 1: Reinviertes todo dentro de plazo: lo que harás será justificar cada año el importe que hayas reinvertido.
- OPCIÓN 2: No puedes reinvertir todo: en este supuesto tendrás que hacer DOS declaraciones:
* La primera: normal, correspondiente al año que sea (2007) dentro de los plazos normales y en la que justificarás lo QUE SÍ HAS REINVERTIDO
* La segunda: complementaria de 2006, en la que deberás declarar la parte de la ganancia QUE NO QUEDÓ EXENTA, tributar por ella más los intereses de demora.
Para esta segunda declaración no hay plazo de presentación, pero si tienes que hacerla lo mejor es cuanto antes desde el momento que sepas que no vas a poder cumplir con los requisitos de la reinversión, de esta manera pagarás menos intereses de demora.

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