Transparencia Fiscal

Hola jabml:
Tengo una duda muy grande acerca de la transparencia fiscal. En una empresa que en el 2001 tuvo beneficios se presentó el Impto de Sociedades y después en el 2002 Hacienda inspeccionó e imputó los beneficios a los socios a parte de sancionarlos., ¿Es esto correcto? ¿Tendrían derecho a reclamar lo que pagaron por IS?, luego en el 2002 hubo perdidas que se imputaron en la renta del 2003 de cada uno de los socios. Mi pregunta es: estas pérdidas ¿cómo se tratan contablemente? ¿Se pueden compensar con beneficios posteriores o hay que eliminarlas al haberlas imputado a los socios?. No sé si me he explicado muy bien, pero gracias de antemano:
Respuesta
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El antiguo régimen de transparencia fiscal decía precisamente eso, que los beneficios había de imputarse a los socios, ahora bien lo primero que hay que ver es si empresa estaba en transparencia fiscal, si es así, es correcto lo que ha hecho hacienda.
También es cierto que ese régimen daba a elegir en imputar los beneficios en el año en que se producían o en el año en que se presentaba el impuesto sobre sociedades y al igual que los beneficios se imputaban las retenciones, pagos fraccionados y cuota del i.s. pagada.
Las pérdidas no se imputan a los socios sino que tienen 7 ó 10 años para compensarse en el impuesto de sociedades.
Contablemente figurararán como tal a la espera de que se compensen con beneficios futuros.
Buena pregunta.
Pero este régimen no existe ya. ¿Desde cuándo? ¿Ahora ya debo tratarla como una sociedad normal?. Gracias otra vez
Muchas Gracias, me aclaró bastante
El régimen de T.F. desapareció en 2003, ahora hay un régimen de sociedades patrimoniales que se asemeja a aquel y se aplica a las sociedades que (en resumen) gestionan patrimonios (inmobiliarios) si la suya era de las de profesionales ahora sería una sociedad normal y corriente.

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