La plusvalía del ayuntamiento en la compraventa vivien

Bueno, te explico un poco. Mi pareja está separada legalmente, con 2 hijos menores que tiene la guarda y custodia la madre. Pues ahora, le cede la custodia al padre, y la vivienda se quería vender, ¿pero cómo no se vende pues él le da 60.100? En compensación, y él adquiere la totalidad de la propiedad, asume lo que queda por pagar del préstamo hipotecario y ella no se pasaría nada de pensión por los hijos.
Mi pregunta es la siguiente: los gastos de compraventa (impuesto trasmisiones, iva y gastos notaria y registro) los tendría que pagar el comprador. ¿Pero el impuesto de plusvalía en el ayuntamiento quién lo pagaría? Ella, él o al 50%. Y cuál sería el importe más o menos a pagar, ¿si la vivienda se adquirió en 1991 por un valor de 35.000?.
¿Sería compraventa? ¿O se podría considerar otro tipo de negocio jurídico?
Muchísimas gracias!

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Pueden mirar como alternativa, la Donación, dación en pago, eso a lo que el negocio jurídico se refiere.
La plusvalía, si no se dice nada, la paga el vendedor, aunque se puede pactar que la pague el comprador o a medias.
Por último, el cálculo del importe se lo calculan en el Ayuntamiento donde esté el inmueble. Cada uno fija sus importes y yo no los conozco todos. Le darán la información completa sin pegas en él.
¿Y cómo se podría hacer como donación o dación en pago? ¿Entonces no se pagaría el Impuesto Trasmisiones Patrimoniales pero si el de donaciones?. ¿Me lo podría aclarar como podría hacerlo como donación?
Muchísimas gracias
Desconozco el porcentaje que se paga por Donación o Dación en Pago. Imagino que para la Dación se paga el ITP normal de la compraventa, pero no estoy seguro.
Para el caso de Dionación, al menos en Madrid, es gratuito si se hace entre miembros de la unidad familiar.

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