Indefensión en la liquidación de un leasing.

Permítame relatarle unos hechos y mis posteriores consultas.
En octubre del 2007, mi hermano adquirió una retroexcavadora mediante un leasing, en el que un cuñado y yo firmamos como fiadores solidarios. En julio del 2008, después de no poder hacer frente a dos recibos, la entidad bancaria le propuso que entregase la máquina a cambio de la deuda, ya que pensaban que vendiéndola podrían recuperar el importe pendiente del leasing. ¿La máquina costó en su momento 130.000?, ¿Pagándose parcialmente con la entrega de otra máquina y el mencionado leasing de cerca de 90.000?.
En el momento de la entrega de la máquina, le presentaron un documento para su firma en el que reza: ".no pudiendo hacer frente a las obligaciones de pago asumidas por mi parte, les hago entrega del material objeto de dicho contrato.. Para que procedan a su venta y el importe resultante se aplique a cuenta de la liquidación anticipada del contrato,.." "Con la presente entrega renuncio a cualquier derecho que me corresponda en virtud del contrato referido y muy especialmente al ejercicio de la Opción de Compra".
Sobre este tema no hemos vuelto a tener noticias hasta el momento cuando, el pasado 12 de septiembre de 2009, ¿nos llegó un burofax a los dos fiadores informándonos de la venta de la máquina por un importe de 32.733? ¿Y comunicándonos la reclamación de una deuda de más de 54.000?.
Ante tales circunstancias y resultándonos imposible contactar telefónicamente con la entidad bancaria, el pasado 25 de septiembre enviamos mediante burofax un escrito solicitando parte de la documentación (que nunca tuvimos) y la persona a la que nos podíamos dirigir para resolver el tema.
A este burofax nos han respuesto con otro burofax en el que indican la persona de contacto, una copia ilegible del contrato de arrendamiento y cito textualmente "el documento de entrega de material como dación a cuenta que firmó en su día".

Las consultas que deseo hacer son las siguientes:
¿La entidad bancaria puede, pasado el tiempo transcurrido y sin aviso alguno, vender la máquina por el importe que sea? (De 130.000 a 32.000 es una diferencia importante)
Tal y como están redactados los documentos a los que tenemos acceso, ¿tienen derecho a reclamarnos la supuesta deuda?
¿El importe de la venta total es libre o está regulado de alguna forma? ¿Podrían haber llegado a vender la máquina por 1?
¿Existe alguna posibilidad de denunciar esta posición de indefensión y tener éxito?
Le agradeceré cualquier información o consejo que nos pueda facilitar.

1 respuesta

Respuesta
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Hay que leer el documento de Dación en Pago. Esa es la clave. A venta la hicieron en subasta pública y por eso la cantidad es inferior.
Según como se redactara el contrato, así podrán reclamar la diferencia contra los avalistas. No obstante, antes de pronunciarme en el fondo, me gustaría leer el contrato.
¿Existe la posibilidad de hacerle llegar una copia del contrato y del documento de Dación?
Claro, mi e-mail es [email protected]
Muchas gracias por sus respuestas y la rapidez de las mismas. Intentaré escanear los documentos de que disponemos y aumentar su tamaño, para ver si son leibles, y se los enviaré al correo electrónico que me ha facilitado.

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