Préstamo socios a sociedad

Se trata de una sociedad de nueva creación. Se constituye con capital mínimo, y de manera inmediata los socios realizan una aportación de 10.000 €, en concepto de préstamo (con intereses), que es documentado con el correspondiente contrato.

Por otro lado, y durante las primeras semanas de vida de la sociedad, los socios pagan directamente varias facturas de la sociedad.

Pregunta: ¿Cómo debería contabilizarse el préstamo de los socios? Y respecto a los pagos realizados por los socios, como deberían contabilizarse.

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Es la eterna pregunta. La verdad es que si los socios saben que van a prestar dinero a la sociedad, tal vez sería mejor que hubieran formalizado la escritura con un capital social más elevado. Date cuenta que si los fondos propios de la sociedad menguan hasta un tercio del capital social entras en causa de disolución inmediata, y cualquier acreedor puede solicitarla. Y es muy fácil que el primer año de vida de la sociedad se produzcan pérdidas por valor de 2.000 euros.

Dicho lo anterior, hay que documentar todas las cesiones de dinero de los socios a la sociedad como préstamos, como se hizo con los primeros 10.000 euros. Y calcular los intereses correspondientes, declararlos y realizar las retenciones por los rendimientos oportunas. No hay más solución. O eso o se hace una ampliación de capital, que en este caso debe hacerse la aportación de efectivo, para luego cancelar los préstamos ya existentes, porque directamente transformar préstamos en capital puede que el notario no os lo admita.

Bien, entonces entiendo que se podría ampliar el préstamo y añadir esos importes pagados por los socios.

Como he indicado, se trata de un préstamo legal, y tendrá sus correspondientes intereses y retenciones.

Cuál sería la forma de contabilizarlo?

Gracias

La forma de contabilizarlo en la sociedad es la misma que si fuera un préstamo obtenido de una entidad financiera.

Y creo que no es buena idea ampliar los contratos existentes, debéis hacer nuevos. No habéis firmado una linea de crédito, habéis formalizado un préstamo, que no suele tener ampliación.

De todas maneras que os asesore el mismo que os redactó esos préstamos.

Suerte.

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