Venta participaciones sociales

Tengo una ES.L. En la que somos dos socios. La empresa no genera ingresos y los pagos corrientes (teléfono, intereses, etc.) lo hemos pagado los socios, Yo casi el 83% de ellos, pero no me importa, ya que yo tengo 2/3 del capital y mi socio 1/3 del capital.

En total yo habré aportado unos 70.000€ a lo largo de 7 años y mi socio unos 15.000€ llevándolo contablemente así: Gastos @ 551.

La empresa no tiene dinero, pero si existencias.

Hemos decidido vender la empresa, vendiendo las participaciones, pero me dicen que luego en renta voy a tributar por el PRECIO DE VENTA menos LO QUE APORTEÉ al constituir la empresa, es decir, 2.000€, por lo que es una salvajada, teniendo en cuenta que yo he puesto mucho dinero en la empresa.

¿Cómo haría para esa cuenta 551 llevarla a capital y que luego en mi RENTA personal pueda poner como coste de las participaciones todo lo que yo he aportado a la empresa?, es decir, ¿Qué justificante me puede pedir Hacienda para considerar que el coste de mis participaciones no son 1.000€, sino lo que surja de dividir el capital entre todas las participaciones.?

-¿Qué trámite exacto debo hacer?

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Legalmente, deberían hacer una ampliación de capital para convertir esas aportaciones de socios a capital...

Ademas, a de tener en cuenta, que lo que ustedes han hecho en un préstamo vinculado, pues son socios... Esto debería haberse declarado como un préstamo por ustedes a la sociedad y cobrar un interés de mercado... Estas operaciones han de estar documentadas (o hay sanción importante) ademas, si no esta correctamente determinado el precio de mercado, Hacienda puede determinarlo y por lo tanto, afectaría tanto a ustedes como persona física, como a la sociedad.

¿Cómo se haría lo del contrato de préstamo, si no se saben ni los importes ni los momentos en que se harán los pagos?, ya que son gastos corrientes que la empresa no puede atender, y los socios los irán pagando conforme puedan, sin saber ni fechas ni importes.

Pues cuando se hace un crédito o una ampliación de capital, se estiman los gastos necesarios y se hace sobre ese importe... Con los gastos de años anteriores pueden hacer una prospección a un año o lo que ustedes estimen...

Agradecemos valoración de la respuesta.

Cuando se venden las participaciones de una S.L., a mitad de año, ¿quién debe presentar el impuesto de sociedades del año anterior, el antiguo administrador o el nuevo propietario (administrador)?

El impuesto de sociedades se presenta al mes siguiente de la aprobación de las cuentas anuales, si el ejercicio fiscal coincide con el año natural, es en el mes de Julio... por lo tanto, el responsable de presentar las cuentas es el administrador en ese momento.

Agradecemos valoración y cierre de la pregunta.

Estimado experto,

Ya por último, si se decide hacer una ampliación de capital con las aportaciones hechas hasta el momento, y con las que se hagan en un futuro, ¿habría igualmente que suscribir un contrato de préstamo entre socios y empresa?

Un saludo

No, o se amplia capital o se hace un contrato de préstamo vinculado...

Agradecemos valoración de la respuesta.

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