Venta de participaciones de una S.L.

Tengo una duda en esta questión. ¿Una sociedad SL con un capital de 2.000.000? Tiene socio único (¿sociedad extanjera) que posee el 100% de las 400 participaciones por 2.000.000?, las vende a dos sociedades extranjeras (A y B) y pactan un precio por el total: ¿La sociedad A adquiere 390 participaciones por 292.500? ¿Y la sociedad B 10 participaciones por 7.500?.
Independientemente de este acuerdo, ¿el capital de la SL será el mismo de 2.000.000?
No se ha hecho ningún tipo de reducción de capital.

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Este tipo de venta encerraría algún tipo de acción fraudulenta. La sociedad tiene un valor contable que habría que valorar analizando el balance de la misma en el último ejercicio cerrado y el último balance de la situación de la empresa previo a la venta de la sociedad.
Por otro lado, las sociedades adquirientes están adquiriendo participaciones por valor de 2.000.000 de euros por un importe de 300.000 euros. Así pues, las sociedades salientes venden las participaciones muy por debajo del capital social de la sociedad (qué sólo es una parte de los recursos constituyendo en este caso el pasivo no exigible de la sociedad).
Cual es el motivo de la venta por debajo del valor nominal de las participaciones.
En el caso de que la empresa diera pérdidas y la venta estuviera forzada por las pérdidas porque iban a entrar las sociedades en una empresa con pérdidas.
Necesito más datos ya que no es habitual que los socios salientes vendan por debajo del nominal de sus acciones.
Gracias por tu respuesta, de hecho la sociedad SL se encuentra "en liquidación" y como entidad inactiva; ha generado pérdidas y ya no realiza su actividad empresarial.
¿Mi anterior duda venía generada porque debo presentar el Impuesto de sociedades y en la página 2 en la casilla de "Participaciones en entidades en la declarante" no tengo claro que nominal debo declarar si el capital es de 2.000.000?.
Le debo asignar el % correspondiente a cada una de las compradoras sobre el capital, ¿es decir a la A por 1.950.000 de nominal por el 97,5% y a B por 50.000 de nominal por el 2,5% o bien sobre el precio de adquisición?
P.d. Por supuesto, lamentablemente viene generado por una acción fraudulenta en el pasado y ahora yo debo presentar el IS
Gracias
Ten cuidado porque si han existido actividades fraudulentas y tienes alguna relación contable vinculante a la sociedad te puedes encontrar con que eres responsable subsidiario de las anotaciones contables ante un hipotético juicio contra los administradores.
Lo normal es que contabilices por el precio de adquisición si este se ajusta a la realidad, en este caso debes optar por el tipo de anotación que refleje con mayor fidelidad el verdadero estado de la empresa e indicarlo en la correspondiente memoria contable al cierre del ejercicio.
Un saludo
Jaime Feiner
[email protected]

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