Hola
Mira el punto 1 de esta normativa
http://www.catastro.meh.es/pdf/estadisticas_metodologia_ibi.pdf
De aquí te remite al artículo 8 de la siguiente Ley
http://www.boe.es/boe/dias/1998/04/14/pdfs/A12296-12304.pdf
Aquí se indica que es suelo urbano a los efectos de esa Ley (Régimen del Suelo y Valoraciones).
Por lo tanto y en resumen, una casa en un terreno rústico se puede considerar en algunos supuestos como urbana simplemente para
cobrarte impuestos (o sea que es correcto), eso no significa que sea legal urbanísticamente hablando (aunque si lo es en tu caso por contar con una parcela bastante grande, pero en la mayoría de los casos no suele reunir estos requisitos, hay gente que tiene casas ilegales urbanísticamente hablado y pagan su IBI, pero esto no le impediría al Ayto de turno demolerle la casa y aunque estuviera escriturada).
En respuesta a tu 2ª pregunta puede que la casa de tu amigo bien no cumpla esos requisitos, esté dada de alta como almacén o bien que el registro del catastro no esté actualizado o pueda tener un error. Es una gran base de datos que se va actualizando constantemente mediante revisiones, inspecciones, vuelos, etc.
Saludos, no te olvides de cerrar y puntuar, gracias.