Retraso acta de reunión de propietarios

Tengo entendido que después de la reunión de propietarios hay quince días para recibir el acta. En caso de que el acta llegue dos meses después, ¿Qué se puede hacer? Entiendo que eso es ser incompetente.

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La ley no regula expresamente el plazo de entrega del acta, si el plazo de inscripción en el libro de actas que son 10 días en virtud del art. 19.3 LPH

En ningún sitio aparece ese plazo de 15 días, no es muy normal que se tarden dos meses si no hay alguna razón de peso, porque el acta deben firmarla tanto el secretario como el presidente.

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