¿Se pueden limitar el número de mandos de acceso a una comunidad de parking?

Soy propietario de una plaza de parking en una comunidad de vecinos, ¿es legal prohibir a un propietario tener más de una mando de la puerta de acceso al parking? En esta comunidad han sacado una norma que solo podrá tener más de un mando solo las plazas que tengan espacio para dos coches. ¿Se está lesionando los derechos de unos vecinos respecto a otros?

1 respuesta

Respuesta
1

Desde luego, legal o no, es una decisión que no tiene mucho sentido, o, al menos, no comprendo el objetivo que persigue.

¿Os lo han justificado?

Por otra parte, ¿cómo se pretende controlar? ¿Cómo van a evitar que alguien se vaya a una tienda especializada y duplique su mando?

El objetivo que se persigue, parece ser , que como hay muchas plazas de una entidad financiera sin vender, y la gente aparca en ellas. Pero como yo les he dicho, que si la gente aparca en una plaza que no es suya, es problema del propietario de la misma no de la administración.

El perjuicio que a mi me hacen, es que mi mujer que también tiene coche, no puede entrar al parking, cuando yo estoy fuera.

Lo sorprendente, es que a las plazas que pueden albergar dos vehículos,aunque solo es una finca registral , les permiten adquirir dos.

De hay mi pregunta de si es legal eso.

Gracias , por su atención

Hombre, la cuestión es bastante "peculiar". La Comunidad es soberana para decidir y puede tomar decisiones que, en principio, sólo pueden ser impugnables:

a) Cuando sean contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios.
b) Cuando resulten gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio
De uno o varios propietarios.
c) Cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica
De soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho.

Sinceramente, en mi modesta opinión, no creo que la decisión de limitar el número de mandos entre en ninguno de los 3 supuestos (tampoco el "b" o el "c"), y, desde luego, no sé si valdría la pena llevarlo a juicio (la única forma de impugnarlo), con todo lo que ello conlleva.

Lo que también está claro, creo, es que le medida no es acertada ni va a funcionar para resolver el problema que, supuestamente, ha llevado a tomarla.

Si quieres resolverlo por las buenas, yo plantearía en una Junta el tema, de nuevo, explicando que la decisión perjudica también a los que no se aprovechan de las plazas ajenas y que el hecho de tener un solo mando tampoco evita aparcar donde no te corresponde (¿quién impide a alguien abrirle la puerta a un amigo o familiar para que aparque en plaza ajena?).

Si no quieres tomarte esa molestia (o te la tomas, pero no logras convencer a nadie), pregunta en una tienda si los mandos de vuestro garaje se pueden "clonar". Si es así, ya sabes lo que puedes hacer... (¿quién va a poder controlar los mandos que tiene cada vecino?)

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas