Sombras de plantas

Quisiera saber si se puede entender como perjuicio que un seto de plantas en el ático de mi edificio o un seto de brezo que refleje su sombra durante buena parte del día sobre mi terraza impidiéndome disfrutar del sol. He hablado con sus propietarios pero no tienen intención ni de quitarlo ni de cortarlo. Digo lo de perjuicio por si puede hacerse algo para que los quiten o corten para que no nos den sombra. He ojeado el articulo 7.1 de la Ley de propiedad horizontal y habla del perjuicio de elementos arquitectónicos, pero no se si un seto u otro elemento no constructivo puede considerarse como tal.
Un saludo.

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Debe concretar mas, si es molesto o no, y si es un elemento común o en que le afecta.

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