¿Se pueden tener plantas en zonas comunes?

Le explico vivo en una Comunidad de vecinos desde hace cinco años, en su momento los estatutos que se hicieron fueron "lisos y lasos" en el sentido de que no se reguló nada en especial. A su tiempo yo le pedí permiso al vecino de planta por si le molestaba si tenía allí las plantas ( son dos plantas que tengo en nuestra planta de de piso) que para nada entorpecen el paso, no dan suciedad ( es un áloe vera y una planta tipo "tulipan" vamos que no caen hojas ni nada, aparte de que si cayesen las limpiaría por supuesto) pues ha sido en este ultimo año cuando a los vecinos de abajo - actuales presidentes- cuando han empezado a coger "ojeriza" a mis plantas ( las tengo en mi balcón durante la primavera y el verano) y las pongo en la escalera en los meses de invierno) - cuando las tenía en el balcón fuero hasta el Ayuntamiento a quejarse y ahora que las tengo en la escalera me siguen torturando con ellas..
En la ultima reunión en ruegos y preguntas piden a los propietarios que tengan libres las zonas comunitarias porque no se puede tener nada en ellas. Mi pregunta es la siguiente ¿es esto cierto? ¿Está prohibido tener plantas? ¿Dónde viene regulado? Porque me he mirado la LPH y también el CC catalán y no he sabido encontrar este artículo donde se diga algo así. ( El quorum de la reunión fue del 37,14%)

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A nivel internacional se conoce como "áreas libres de tránsito" y hace referencia a que las escaleras y corredores deben estar despejadas de cualquier objeto que obstaculice la libre circulación de las personas.
Si puedes observar cuando hay un arreglo en la calle, que es zona de tránsito, ponen barricadas y señales de advertencia informando que hay obstáculos en la vía. De igual forma cuando están aseasndo el piso colocan señales preventivas.
Aunque no esté regulado en específicamente si se considera una ley que aplica a nivel mundial. En cuanto a colocarlas debe ser en un sitio que no obstaculice el paso de las personas u objetos en las zonas comunes. En el balcón, la normatividad exige que debe buscarse la forma de que no vayan a caer sobre un transeúnte y ocasionar un grave accidente, porque de ocurrir te costaría la piel de la nalga ya que de por vida debes subsidiar del 80% al 100% de los tratamientos del paciente que por tu causa su salud se desmejoró... y hasta te pueden juzgar por intento de homicidio.
En resumen debes buscar un espacio para colocarlas, durante la época de invierno, de tal suerte que no obstaculicen el paso de transeúntes o equipos de socorro (camillas, sillas de ruedas, muletas, entre otras)
Las plantas no obstaculizan nada están en el "espacio/descansillo" de las escaleras y no impiden el tránsito para nada, con lo que espero no sigan molestando ya más con este tema ( los vecinos) porque es que las plantas llevan 5 años allí - sucede que antes en la primevara las pasaba a mi balcón - ahora como me han diagnosticado una hernia, no puedo hacer esfuerzos y están en la escalera pero insisto: sin causar obstáculo alguno al tránsito, y además ya es la última planta (no hay más pisos) Muchas gracias por su ayuda
Si para hacer reparaciones en el techo deben pasar por ese espacio se considera que limitas la circulación en el área común y ese es el límite que da la Ley: "que no hayan obstáculos en las zonas comunes" y cuando la Ley dice que no haya nada que obstaculice el libre desplazamiento por las zonas comunes "nada es nada".
Porque para la Ley la terraza, techos, fachadas y cimientos son "zonas comunes". El hecho de que tengas discapacidades no limita el ejercicio de la Ley porque puedes hacerlas retirar por alguien.
En resumen independientemente de que tengan mucho tiempo allí si están limitando la movilidad hacia la terraza deben ser retiradas.
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La ley no prohíbe que tenga usted plantas, lo que si prohíbe es que tengan cosas privadas, es decir, si usted tiene plantas en zonas comunes, al ser de todos ese espacio ... lo que hay también pasaría a ser de todos ... y por tanto las pueden romper quemar o quitar si así lo decide la mayoría .
Mi consejo es que si las dicen que no las tengan en zonas comunes, no las ponga para evitar males .
Gracias por su consejo ( también entiendo que es lo más acertado) sucede que de alguna manera a mi todo esto me causa "indefensión" en el sentido de que yo en su momento les pedí su consentimiento y así me lo dieron ( ahora las relaciones entre los vecinos no son las mismas) y de alguna manera ya sé que haga lo que haga ellos dos ( que son los que han ido a la reunión) ( porque ninguno de los 9 vecinos restantes fue) de alguna manera me da rabia porque siempre están intentando "molestarnos" con lo que sea. Ahora tocan las plantas, antes era la puerta ( y era yo la que no la cerraba - sigo haciendo lo mismo- ¿Y ahora ya la cierro?) No sé si me entiende, van a por mí ( todo por una gestión hecha cuando fui presidente la cual no gustó) desde entonces van a por mi... y no me gusta, porque prefiero que me lo digan a la cara ¿Sabe? Pero en fin no la quiero aburrir, solo quería dejar claro que en su momento me dieron su consentimiento y ahora después de 5 años ponen en el acta esto de que no se pueden tener cosas en los espacios comunes, y yo lo que quería saber es si es cierto que así se establece más que nada porque no son así las cosas, a mi humilde entender.
Muchas gracias!
Bueno las decisiones de ese tipo son variables, es decir
hace 5 años establecieron un criterio ( el dejar poner plantas )
ahora establecen que no ponerlas
y mañana si usted lo plantea de nuevo en la siguiente junta con que voten la mayoría de los vecinos una postura pueden volver a ponerlas ...
Paciencia un saludo

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