Nº de votos necesarios

Buenos días
Mi comunidad tiene un terreno que era servidumbre para unos depósitos de gas propano que surtía además de a nuestra urbanización, a otras dos más. Ahora ya no existen tales depósitos, porque todos tenemos gas natural y los retiraron . ¿esto quiere decir que ha terminado la servidumbre y que por lo tanto el terreno es nuestro y podemos hacer algo en él?
Otra pregunta. Si este terreno esta separado por una valla del resto de la comunidad ¿afectaría la retirada de dicha valla al ´titulo constitutivo, a la fábrica del edificio? Si fuera para hacer algo que no es de interés general, y quisiéramos tirar esa valla ¿tendría qué ser por unanimidad? ¿3/5?
Muchas gracias por su ayuda

1 respuesta

Respuesta
1
Primero deben modificar la escritura de obra nueva y división horizontal donde consta la cesión del terreno a la petrolera ante el notario. Luego si esto se ha rectificado tirar la valla es un acuerdo de mera administración, mayoría simple. Respecto al destino de ese nuevo terreno, seria necesaria la unanimidad, pues la mayoría de 3/5 es para los servicios que constan en el art. 17 u otros similares, pero no distintos como servicios lúdicos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas