Estimado amigo.
De entrada, le sugiero que investigue toda la documentación y lo ponga en manos de un buen jurista.
Primero: Si es verdad que ha devuelto las cantidades a otros promotores deben poder atestiguarlo y demostrarlo mediante la declaración de estos y de la casuistica del caso asi como el motivo de la devolución del dinero.
Segundo: Revisar el contrato de compra-venta en el que se puede haber previsto claúsula de retrasos por causas ajenas a la voluntad del constructor (y a bien seguro que en este caso, al aparecer los restos arqueológicos, el constructor queda eximido de responsabilidad).
Entiendo, que, salvo que pueda probar discriminación en el trato y que eso sea aceptado como elemento de prueba, no creo que condenen al constructor a pagar ninguna cantidad por cuanto el propio constructor es parte agraviada por el hallazgo.
Asi que, al ser un caso complicado, sugiero que se pongan en contacto con un buen jurista y que lo estudie en profundidad.
Un cordial saludo
Jaime Feiner
j.feiner.catocc@gmail.com