Subrogación contrato alquiler vivienda

Soy usuario habitual como experto en temas laborales, pero tengo una pregunta sobre alquiler de viviendas.
Un piso que esta en alquiler y con contrato a nombre de una persona y esta fallece, pero su esposa continua pagando el alquiler. No nos ha comunicado el fallecimiento de su marido y están en el primer año de la prorroga de los tres años, pasado los primeros cinco años del contrato inicial.
¿Se subroga el contrato en la esposa? ¿Debo solicitar o comunicar algo a la esposa? ¿Puedo denunciar el contrato y reclamar el deslojo?
Agradezco cualquier sugerencia en cualquier sentido, tanto para continuar con la inquilina o para desalojarla para la venta.
Gracias
Respuesta
1
El cónyuge "superviviente" ha de comunicar de forma fehaciente el fallecimiento y su intención de subrogarse. El no hacerlo en forma y plazo es motivo de desahucio.
Como Usted bien sabe, estos procesos son lentos y costosos, por lo que se me ocurre que pueden continuar como hasta ahora y llegado el octavo año de contrato enviarles la carta de "no renovación".
Si le interesa desalojar la vivienda con premura, entonces debe sopesar demandarla por no haber realizado la notificación correspondiente, pero el proceso puede demorarse más de 1 año.
El artículo 16 de la LAU toca el tema:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l29-1994.t2.html#a16
Suerte.

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