Gastos a cargo de la Administración de Fincas

Tengo una duda respecto a una reparación hecha a la caldera de nuestro piso. Estamos de alquiler en esta finca desde hace un año y medio. Antes de verano, la caldera empezó a perder agua, ¿llamamos al técnico y nos hizo cambiar una pieza que costó 82?. Nos dijo, además, que la caldera tiene 10-12 años y habrá que cambiarla en breve.
Diría que este tipo de coste corre a cargo de las fincas, y se lo estoy reclamando pero no me hacen ni caso. En el piso en el que estaba el año pasado me pasó lo mismo, cuando iba a hacer el año de alquiler, descubrimos que la caldera producía CO2 a piñón y el propietario costeó el aparato nuevo y su instalación...
¿Podrían decirme si la reparación corre a cargo de las fincas o no? En el caso de ser que sí y que las fincas no quieran asumirlo, ¿dónde me debería de dirigir para denunciarles?

1 Respuesta

Respuesta
1
Quién corre con el mantenimiento de la caldera, es algo que debería estar especificado en el contrato de arrendamiento.
Si no lo estipula, y pones una demanda en el juzgado (no denuncia), el juez podría decir que es a tu cargo por tratarse de una "pequeña reparación".
Pero si fuera necesario cambiar la caldera, en mi opinión, eso SI ES RESPONSABILIDAD del PROPIETARIO, pues ya no se trata de una pequeña reparación.
Eso claro, si el uso de la caldera ha sido apropiado (ha tenido sus revisiones anuales...), cosa que dictaminará el técnico.
Mi duda es que, al ser un aparato básico de la casa y llevar un año, solamente, de inquilinos, no me parece decente tener que costear una reparación que es debida a la antigüedad de la caldera y no al uso.
Como te decía, debes leer qué dice el contrato respecto al mantenimiento de los electrodomésticos.
Es una repareción debida al USO, lo que sucede es que si tú no has estrenado el piso, es debida también al USO de otras personas. Pero si tú lo estuvieras estrenando todo, probablemente el siguiente inquilino se encontraría ahora en tu caso...
Si el contrato no especifica nada, esto es lo que dice la LAU:
Artículo 21: Conservación de la vivienda
...
4.- Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán a cargo del arrendatario.
No obstante, si el informe técnico recomienda sustituirla, entonces si, al ser una pieza indispensable para la habitabilidd de la vivienda el propietario debiera reponerla. (Esa es mi opinión, pero hay caseros que alegan que si entregaron con el piso electrodomésticos que funcionaban, deben devolverles el piso con electrodomésticos que funcionen... por eso es importante que todo quede especificado en el contrato)
Si no hay acuerdo, el que decide es un juez. Deberás ir al juzgado de primera instancia a demandar el importe de la reparación. Si es menos de 900 euros no necesitarás abogado ni procurador.
Tengo una pequeña página en la que he dejado un enlace al documento de demanda del Ministerio de justicia: es el documento número 9 y la página es esta: http://sites.google.com/site/papeleosalquiler

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas