Alquiler con opción a compra

Queremos vender nuestro piso, y tenemos unas personas interesadas en alquilarlo con opción a compra porque actualmente no disponen de liquidez, están esperando unos ingresos, pero ya llevan esperado 1 año, según nos han comentado.
Mi duda es, como podemos hacerlo para no salir perjudicados, ¿hay alguna clausula en el contrato donde quede reflejado que pasado el periodo de tiempo establecido (que he leído entre 2 o 5 años) nos encontremos que estas personas que no quieren comprar la vivienda? ¿Deberíamos exigir una cantidad, a parte de la mensualidad, para cubrirnos en salud que se lo queden?
Actualmente se oyen muchas cosas con respecto a los alquieres de viviendas y no queremos alquilarlo con opción a compra y que luego se echen para atrás y nos encontremos con alguna desagradable sorpresa.
Me gustaría que nos ayudaras a tomar una decisión, porque no sabemos que hacer si olvidarnos del alquiler y esperar a venderlo.
Muchas gracias por dedicarme un poco de tu tiempo.
Respuesta
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El alquiler con opción a compra es un alquiler normal, pero en el que se pacta que cierta cantidad de dinero (generalmente parte de la renta) se descontará del precio final de la misma al efectuar la venta.
Si llegados al momento de ejecutar la opción de compra los interesados no actuasen, no es posible exigir ninguna cantidad a mayores (no sería legal). Ustedes se quedarían con las rentas percibidas y el inquilino se marcharía (o renovaría el contrato de alquiler).
En su caso lo que tienen que pensar es exactamente qué les interesa: vender o alquilar.
Piensen que un alquiler de vivienda se prolonga hasta 5 años (si así le interesa al inquilino), y que si durante ese tiempo apareciese un comprador, o bien compra el piso y respeta el contrato de alquiler (el inquilino solamente cambiaría de "casero"), o bien se lo venden al propio inquilino (que tiene prioridad de compra según el artículo 25 de la vigente LAU).
Precisamente hoy hemos tenido otro encuentro les hemos pedido un deposito y un plazo de 1 año y medio, que durante este periodo nos pagarían un alquiler a parte de dicho deposito.
Pasado el año medio, sino se quedan con el piso, ¿tienen derecho a quedarse hasta cumplir los 5 años? Es legal que nosotros nos quedáramos con el deposito.
Estamos amparados por la ley.
Muchísimas gracias por ayudarme a tomas una decisión, gracias de nuevo

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