Julen Zarraga Abogado respondió:
Usted no puede recurrir la sentencia para que absuelvan a otra persona, no está legitimado activamente. De acuerdo al artículo 962 existe el derecho en el juicio de faltas a comparecer asistido de abogado, es decir, no es obligatorio tener abogado,...
Anónimo respondió:
Sí y no. Hay delitos y faltas sólo perseguibles a instancia de parte (es decir, que sólo prosperan si se mantiene una denuncia y sin que el Fiscal tenga intervención) y delitos y faltas que son perseguibles de oficio (es decir, que aunque la parte...