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 Cataluña, España @natcabcas desde - visto

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Revisión de Nóminas un año después

respondió: Siento comunicarte que las deudas salariales tienen un plazo de caducidad que es de 12 meses desde la fecha en la que se produjo el hecho y si superan ese plazo prescriben. Solo podrías reclamar la concerniente a Agosto del 2007 (hasta el 31 de...