Las Pensiones como la que Vds. cobra ESTA EXENTA DE TRIBUTACION, es decir, NO PAGA IMPUESTOS. Lo que sí tiene Vd. OBLIGACION ES DE HACER LA DECLARACION DEL IRPF siempre y cuando cobre el mínimo establecido por Ley para el ejercicio fiscal correspondiente.
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"El PESIMISTA se queja del viento. el OPTIMISTA espera que cambie, el REALISTA ajusta las velas"