Actividad pública reciente
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Jubilación a los 63 años.
Si as cotizado antes del 1 de enero del 1967 te puedes jubilar antes de la edad ordinaria de los 65 años con un coeficiente reductor del 6% por cada año que adelantes la jubilación respecto de la edad ordinaria de los 65 años puesto que tienes mas de...
Ha empezado a seguir a
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