joseaf2 respondió:
El Estatuto de los trabajadores permite una cierta movilidad funcional, pero siempre dentro del mismo grupo profesional y/o a categoría similar. No es el caso, por tanto la movilidad no es válida y debes demandar contra ella en el plazo de 20 días...
joseaf2 respondió:
Al ser contrato temporal inferior a un año no deben preavisarte del fin de contrato. La renovación no sería tal, sino un contrato nuevo. El actual te lo van a finalizar por fin de obra. Si quieren te dirán si vuelves y si quieren no. Eso sí: te...