Actividad pública reciente
Ha empezado a seguir a
Ha valorado "Excelente" la respuesta
Posibles perjuicios por renunciar a la pared medianera
El derecho de medianería se regula en el Código Civil y puede renunciar a el (art. 575) siempre que no lo esté usando (si no apoya nada en la medianera), si su casa se ha demolido podría hacerlo, sin embargo (art. 576) si aún queda algo por demoler...
