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 Aragón, España @jcaston desde - visto

Actividad pública reciente

Ha valorado "Buena" la respuesta

Deuda de hace unos años

respondió: El artículo 1125 del código civil sólo nos indica a partir de qué momento es exigible la obligación, en el caso que comentas, la acción se puede exigir hasta transcurridos quince años desde las facturas, tal y como dispone el artículo 1964, ya que es...