Actividad pública reciente
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Reducción de jornada
Entiendo que si no pusiste plazo para su disfrute tienes derecho hasta que el crio/a tenga 8 años. ¿Es el caso? ¿Cómo lo hiciste?
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Excedencia maternidad
Tal y como establece el art. 46.3 del Estatuto de los Trabajadores: "Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por...
